La ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, y el vicepresidente primero y ministro de Economía, Carlos Cuerpo
Juristas critican el decreto de vivienda del Gobierno que podría durar horas: «Es un fraude constitucional»
El Gobierno de Pedro Sánchez ha decidido dividir sus medidas en materia de vivienda en dos decretos-leyes ante el temor de que, cuando sean votados en el Congreso, no tengan el apoyo suficiente para que puedan salir adelante. De hecho, los cinco ministros de Sumar dieron una rueda de prensa ayer y admitieron que había sido el PSOE el que había «forzado» que se hicieran dos normas distintas, y que en una de ellas tan solo se incluyera la renovación automática de los alquileres para que «pueda haber contratos que duren toda la vida». Además, ayer se conoció que el viernes se celebrará un pleno extraordinario en el Congreso para convalidar los dos decretos.
El artículo 86 de la Constitución recoge que «los decretos-leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación». «El Congreso habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidación o derogación», añade sobre esta legislación, que debe promulgarse en «caso de extraordinaria y urgente necesidad».
En este contexto, el prestigioso catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia, Vicente Garrido, ha asegurado en conversación con El Debate que «el Decreto-ley debe ser convalidado en 30 días, y si no queda derogado», aunque «hasta su derogación –en su caso– está vigente y puede desplegar efectos».
«Si realmente se tiene la seguridad –lo desconozco– de que el viernes se va a derogar, porque no logrará su convalidación, es absurdo que sea aprobado. Entonces, se hace, evidentemente, por motivos de visualización política», ha apostillado el catedrático Garrido.
Tal y como explicó este periódico, la norma que recoge la renovación automática de los alquileres puede estar en vigor 72 horas, 48 horas o incluso cero horas, dependiendo de cuándo salga publicada en el BOE y del día que entre en vigor. Así las cosas, Nouna Lozano, abogada y manager del equipo legal y de comunicación de HazteOir, ha admitido que «jurídicamente un real decreto-ley puede estar vigente unos días y después se puede derogar en el Congreso».
No obstante, ha apuntado que «es una absoluta irresponsabilidad utilizar el Boletín Oficial del Estado como un folleto de propaganda, que además en este caso se sabe que es caduca y que deja a propietarios e inquilinos en una situación de inseguridad jurídica total». Lozano también ha señalado que «esta forma de legislar introduce incertidumbre en decisiones clave, como renovar un contrato, recuperar una vivienda y este tipo de obligaciones del ámbito económico de miles de españoles».
Esaú Alarcón –abogado fiscalista en Gibernau Asesores y profesor de Derecho Tributario y de Derecho Administrativo– ha señalado a El Debate que los dos decretos-leyes del Gobierno son parte de «una reforma legislativa que encubre un auténtico fraude constitucional desde varios puntos de vista».
La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros
«El primero, que ya hemos dado por descontado, es que los decretos-leyes deberían promulgarse en verdaderas situaciones de urgente y extrema necesidad –un volcán en erupción, la dana, Ceuta, etc.– y no como vía de legislación ordinaria que se intenta justificar a través de exposiciones de motivos mendaces sobre una supuesta necesidad inexistente (amnistía) o bien una necesidad generada por el propio Gobierno, por su incuria (como el caso de la vivienda). El segundo, que también hemos aceptado como animal acuático, es que el Gobierno debería tramitar las normas como proyectos de ley, no como proposiciones de ley. Esto último suele (solía) proceder de otros grupos parlamentarios. El objetivo de utilizar esta vía y no la primera es que, de esta manera, se saltan los mecanismos de check and balance de todo parlamentarismo (los informes de CGPJ y dictamen del Consejo de Estado)», ha añadido.
Además, Alarcón ha aseverado que «el último, en el que estamos ahora y que es el colmo de la perversión jurídica, es lanzar reales decretos-leyes que sabes que no se van a convalidar porque, de esta manera, se puede interpretar, según alguna doctrina que creo que hay que entender superada, que han estado en vigor unos días y, claro, sabiendo también que esa interpretación tan discutible la va a comprar el Tribunal Constitucional».
El jurista de Gibernau Asesores también ha remarcado que «el único sentido de que una norma esté en vigor, por ejemplo, tres días es intentar que esa norma se convierta en indefinida, a pesar de ser luego derogada». «Aparte de inseguridad jurídica, que también, el problema de fondo es de un calado más amplio: se está pervirtiendo el procedimiento legislativo de manera que se está coartando el papel de una institución tan relevante en democracia como es el Parlamento. Por decirlo rotundamente, se está matando el mandato democrático», ha zanjado.