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Los siete magistrados de izquierdas que han avalado el sistema de plazos del aborto de Zapatero

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Balance Judicial

Siete magistrados llevan al Constitucional a su máxima politización contra el Supremo y a favor del Gobierno

El aval de la mayoría del Pleno a la aplicación total de la amnistía, incluyendo la malversación, ha provocado un cisma en el mundo jurídico, no sólo por un nuevo «exceso de jurisdicción» de la Corte, sino por el tono grave de la sentencia dictada por Cándido Conde-Pumpido

La reciente resolución del Tribunal Constitucional, adoptada por siete votos contra cinco, que ordena al Tribunal Supremo aplicar la ley de amnistía al delito de malversación de caudales públicos en el marco del procés, marca un punto de inflexión preocupante en la relación entre ambos órganos. El Pleno, con ponencia de su presidente Cándido Conde-Pumpido, estima el recurso de amparo de la exconsellera Dolors Bassa, anula los autos de la Sala Segunda del Supremo de julio y septiembre de 2024 y le impone declarar amnistiado el delito con carácter preferente y urgente. Esta doctrina allana el camino al retorno de Carles Puigdemont y otros líderes independentistas, cumpliendo así uno de los compromisos políticos centrales del Gobierno de Pedro Sánchez con sus socios catalanes.

Los cinco magistrados que formulan voto particular —Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel, César Tolosa y José María Macías— denuncian con dureza que la mayoría ha suplantado el rol funcional del Supremo. Según su escrito, el Constitucional no se limita a controlar una eventual vulneración de derechos fundamentales, sino que corrige la interpretación de la legalidad ordinaria, indica al Alto Tribunal exactamente cómo debe resolver y emplea calificativos que revelan una «lamentable como inasumible animadversión» hacia la Sala de lo Penal. Acusan a la sentencia de exceso jurisdiccional ultra vires, de pervertir el esquema constitucional en el que el Supremo fija la interpretación de la ley y el TC vela por la Constitución, y de convertir al órgano de garantías en una suerte de cuarta instancia. La metodología empleada, añaden, es heterodoxa y genera una colisión institucional innecesaria.

Esta decisión no surge en el vacío. El Tribunal Constitucional está diseñado constitucionalmente como un órgano de naturaleza mixta, cuyos doce magistrados son designados por el Congreso, el Senado, el Gobierno y el Consejo General del Poder Judicial. Esa vía de acceso política ha evolucionado hacia una clara politización de hecho. Informes de la Fundación Hay Derecho y análisis jurídicos coinciden en que ocho de los doce miembros actuales han ocupado previamente cargos políticos o institucionales de libre designación por partidos. El propio Conde-Pumpido fue fiscal general del Estado bajo José Luis Rodríguez Zapatero; Juan Carlos Campo fue ministro de Justicia con Sánchez; Laura Díez ocupó altos cargos en Presidencia. La media histórica de miembros con antecedentes políticos rondaba el 33 %; en el tribunal actual supera el 66 %.

El resultado práctico es la alineación sistemática por bloques ideológicos en los asuntos de mayor sensibilidad. Entre 2024 y 2026, alrededor del 40 % de las sentencias del Pleno en control de constitucionalidad se resolvieron según las cuotas de los bloques, con una intensificación notable en 2025 precisamente en torno a la amnistía. La mayoría progresista —que sostiene la presidencia y las decisiones clave— ha avalado la constitucionalidad de la ley de amnistía y ahora fuerza su aplicación concreta contra el criterio reiterado del Supremo, que había considerado que la malversación del procés buscaba un beneficio patrimonial incompatible con la medida de gracia o planteaba dudas de compatibilidad con el derecho de la Unión.

El efecto es doble y perjudicial para el equilibrio institucional. Por un lado, se desacredita al Tribunal Supremo, órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes salvo las garantías constitucionales, al presentarlo como autor de resoluciones irrazonables, incoherentes o contrarias al espíritu de la norma. Magistrados del propio Supremo han alertado públicamente del «grado de politización» creciente del Constitucional y de su intromisión, vía amparo, en la actuación de los tribunales ordinarios. Por otro, se favorece de manera directa los intereses del Gobierno: la amnistía fue el precio de la investidura y de la estabilidad parlamentaria, y su aplicación plena elimina obstáculos jurídicos al cumplimiento de ese pacto político.

La Constitución de 1978 quiso un Tribunal Constitucional independiente para garantizar la supremacía de la norma fundamental y los derechos. Cuando siete de sus miembros convierten de forma reiterada las discrepancias legítimas de interpretación legal en lesiones constitucionales, imponen resultados concretos a la jurisdicción ordinaria y alinean sus votos con los intereses del Ejecutivo que propuso o respaldó a buena parte de ellos, se cruza el umbral de la máxima politización. El voto particular de los cinco magistrados no es una simple discrepancia técnica; es una advertencia institucional sobre la distorsión del sistema de justicia y el riesgo de que el órgano de garantías se convierta en instrumento de política partidista. Mientras la renovación pendiente en el Senado siga bloqueada y los nombramientos continúen respondiendo a cuotas, esta deriva difícilmente se corregirá. El prestigio de ambos tribunales y la confianza ciudadana en la separación de poderes quedan seriamente comprometidos.

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