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José Luis Rodríguez Zapatero, expresidente del GobiernoEP

Las razones por las que Anticorrupción no da por prescrito el delito de malversación de Zapatero

El escrito sostiene que estos objetos adquirieron carácter público cuando fueron recibidos por Zapatero en Moncloa, sin que fuera necesario que se incorporasen formalmente al patrimonio del Estado

la Fiscalía Anticorrupción ha sostenido en su último escrito en relación con las joyas procedentes de Arabia Saudí que recibió y nunca declaró el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero que el delito no habría prescrito, tal y como se apuntaba a los inicios de la investigación. Según este órgano, el presunto delito de malversación no ha prescrito ya que el plazo para perseguirlo es de 15 años, un margen que aún no se ha agotado desde los hechos investigados, fechados el 1 de marzo de 2012.

En primer lugar, el escrito sostiene que estos objetos adquirieron carácter público cuando fueron recibidos por Zapatero en el Palacio de la Moncloa, en junio de 2007, sin que fuera necesario que se incorporasen formalmente al patrimonio del Estado. Por ello, considera que el hecho de que las joyas no hubieran sido contabilizadas o ingresadas en las arcas públicas no impediría investigar una posible malversación.

La Fiscalía sitúa el momento de la presunta apropiación en la salida del expresidente de Moncloa, cuando, según expone, habría excluido y ocultado las piezas de los efectos que declaró y entregó a Patrimonio del Estado el 1 de marzo de 2012.

Para fundamentar esta interpretación, Anticorrupción cita varias sentencias del Tribunal Supremo que establecen que los bienes pueden considerarse públicos desde que son recibidos por una autoridad o funcionario en el ejercicio de sus funciones, sin necesidad de que se produzca su incorporación efectiva al patrimonio público.

El segundo argumento de la Fiscalía es el plazo de prescripción aplicable, ya que el escrito señala que la modalidad agravada de malversación que considera pertinente, atendiendo al valor de los objetos, está castigada con penas de entre cuatro y ocho años de prisión e inhabilitación absoluta de diez a veinte años. En consecuencia, conforme al artículo 131.1 del Código Penal, el plazo de prescripción sería de 15 años.

Por estos motivos, Anticorrupción considera que no cabe descartar inicialmente la comisión de este delito y solicita que se investiguen los hechos. Asimismo, reclama a la Dirección General de Patrimonio del Estado una copia certificada de la documentación relativa a la recepción y afectación de los regalos institucionales entregados a la Presidencia del Gobierno durante las legislaturas de 2004-2008 y 2008-2011.