El presidente de Vox, Santiago Abascal
Vox exige al Supremo ampliar la suspensión del voto de la ley de nietos a los hijos de los nacionalizados sin acreditar el exilio
La formación ha presentado este sábado sus alegaciones después de que el Alto Tribunal rechazara adoptar medidas cautelarísimas sin escuchar a las partes. Aporta nuevos datos del Gobierno: solo 901 de 145.580 registros consulares figuran con el exilio acreditado. También denuncia miles de expedientes sin identificadores, duplicidades y discrepancias en los listados oficiales
Vox ha presentado este sábado, 31 de octubre, ante el Tribunal Supremo sus alegaciones para ampliar la suspensión cautelar de los efectos electorales de la ley de nietos a los hijos mayores de edad que obtuvieron la nacionalidad española a través de progenitores afectados por las medidas judiciales.
El escrito responde a la providencia dictada el viernes 30 de octubre por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. El Alto Tribunal rechazó adoptar sin audiencia previa las medidas cautelarísimas solicitadas por Vox el 23 de octubre, pero concedió un plazo de tres días comunes a las partes personadas y al Ministerio Fiscal para presentar alegaciones sobre la ampliación de las cautelares.
La decisión no supone una desestimación de la petición. El Supremo ha descartado resolverla sin escuchar a las demás partes y mantiene abierta la posibilidad de extender la suspensión electoral antes de las elecciones generales del 29 de noviembre.
La formación incorpora a sus alegaciones los nuevos datos facilitados por la Administración el 28 de octubre. Según su análisis, de 145.580 registros procedentes de oficinas consulares, solo 901 figuran con el exilio acreditado, el 0,62 %. Los otros 144.679, el 99,38 %, aparecen sin esa acreditación.
Vox considera que estas cifras refuerzan la necesidad de ampliar las cautelares a los hijos mayores de edad cuya nacionalidad deriva de progenitores que se acogieron a la interpretación expansiva de la instrucción de Sofía Puente del 25 de octubre de 2022 sin acreditar el exilio.
Vox recuerda que ya había solicitado ampliar las cautelares
La formación subraya que su petición no es nueva. En su solicitud inicial, presentada el 21 de julio contra el Acuerdo 204/2026 de la Junta Electoral Central, ya reclamó medidas respecto de todos los que habían adquirido la nacionalidad al amparo de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática.
Posteriormente reiteró esa pretensión en escritos de los días 5, 20, 21 y 23 de octubre.
El objetivo es extender la suspensión a los beneficiarios del apartado 1.b), correspondiente a los hijos mayores de edad de quienes adquirieron previamente la nacionalidad española, cuando esta última adquisición esté comprendida en los supuestos afectados por las cautelares.
Vox sostiene que existe una relación jurídica directa entre ambas inscripciones y considera contradictorio que un progenitor tenga suspendidos los efectos electorales de su inscripción mientras que su hijo, cuyo derecho deriva del suyo, pueda votar sin restricciones.
La formación no solicita retirar la nacionalidad española, sino suspender provisionalmente los efectos electorales de determinadas inscripciones en el CERA, mientras se resuelve el procedimiento principal.
Además, denuncia que sucesivos oficios de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública habrían permitido inscripciones «sin límite generacional», extendiendo el reconocimiento de la nacionalidad a descendientes de sucesivas generaciones. Vox considera que esa interpretación excede lo establecido por la ley.
Los listados del Gobierno: duplicidades y miles de registros sin identificar
El escrito examina la documentación remitida por Exteriores y Justicia al Supremo el 28 de octubre para cumplir los requerimientos de los anteriores autos judiciales.
El primer listado contiene 120.885 registros de 138 oficinas consulares, de los que 808 figuran con el exilio acreditado. El segundo incorpora 24.695 registros de 115 oficinas, con solo 93 acreditaciones positivas.
Un tercer archivo, correspondiente al Consulado General de España en Buenos Aires, contiene otros 17.775 registros distribuidos en seis hojas de cálculo que, según Vox, carecen de un campo específico para comprobar la acreditación del exilio.
Las tres remesas suman 163.355 registros, 335 más que los 163.020 afectados identificados por la propia Administración. A esta discrepancia se añade otra cifra anterior: los 168.896 inscritos a 31 de agosto de 2026 que la Abogacía del Estado comunicó en su recurso de reposición.
La formación denuncia además que 21.263 de los 24.695 registros del segundo listado, el 86,1 %, carecen de número de Registro de Matrícula Consular, NICC, DNI y pasaporte en los campos examinados, lo que, a su juicio, impide cruzarlos de manera fiable con el CERA.
También señala 1.946 filas duplicadas en ese archivo y 376 números de matrícula consular repetidos en el primero. En Buenos Aires, 2.152 entradas aparecen en una hoja denominada «EN TOMOS no MATRICULA».
Vox reclama que se depuren estas discrepancias y se aporten las certificaciones individuales exigidas por el Supremo. Argumenta que una columna de una hoja de cálculo marcada con un «sí» o un «no» no sustituye al documento firmado por el encargado del Registro Civil Consular bajo su responsabilidad.
Las cifras corresponden al análisis de Vox de los listados administrativos aportados al procedimiento, no a irregularidades declaradas judicialmente.
DICIREG permite reconstruir las relaciones familiares
Otro de los argumentos del escrito se dirige contra las dificultades administrativas para identificar a los descendientes afectados.
Vox invoca un informe de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del 26 de octubre y una relación de 76.600 inscripciones extraída de DICIREG, el sistema electrónico del Registro Civil, para sostener que la Administración dispone de medios para reconstruir las relaciones de filiación.
Por ello, solicita al Supremo que ordene a Justicia y Exteriores identificar a los beneficiarios del Anexo III vinculados a progenitores afectados por las cautelares, comprobar la existencia de las certificaciones consulares de exilio y trasladar los resultados a la Oficina del Censo Electoral.
La formación considera que las dificultades técnicas alegadas por la Administración no justifican dejar sin ejecutar una medida judicial cuando existen registros que permiten identificar el origen de las nacionalizaciones.
La fecha límite: 20 de noviembre
El calendario electoral constituye el último argumento de las alegaciones. Vox reclama que la identificación de los afectados esté completada antes del 20 de noviembre, víspera del inicio del depósito presencial del voto exterior en las oficinas consulares.
Subsidiariamente, pide que los sufragios de quienes no hayan podido ser comprobados permanezcan separados y custodiados, sin incorporarse al escrutinio definitivo hasta verificar su situación.
El escrito presta especial atención a Argentina, donde la Junta Electoral Central autorizó el 15 de octubre adelantar el primer envío de documentación electoral. Vox advierte de que parte de los electores podría disponer ya de los documentos necesarios para votar antes de que concluya la identificación de los afectados.
La formación solicita también que las Juntas Electorales Provinciales reciban las relaciones actualizadas y mantengan separados los sobres afectados para evitar que se mezclen con los votos que pueden computarse.
El Supremo deberá resolver la ampliación solicitada una vez concluido el trámite de audiencia abierto el 30 de octubre.
A menos de un mes de las elecciones generales, la decisión determinará si la suspensión cautelar del voto de determinados nacionalizados por la ley de nietos se extiende también a sus hijos mayores de edad, cuando su derecho derive de progenitores que no hayan acreditado el exilio exigido para quedar exceptuados de las medidas judiciales.