Fachada de la Audiencia Nacional
La Audiencia Nacional absuelve a la supuesta célula yihadista que planeó una matanza en Inca
Deja sin condena a los seis procesados y concluye que no había pruebas de un atentado en preparación pese a la afinidad de los acusados con el Estado Islámico
La Audiencia Nacional ha zanjado el caso que durante años apuntó a la existencia de una célula yihadista operativa en Inca. Los seis acusados, detenidos en junio de 2017 ante el temor de que prepararan un ataque en la plaza del municipio mallorquín, quedan absueltos. No hay delito. No hay adoctrinamiento. No hay autoadoctrinamiento. Según el tribunal, sólo hay una colección de ideas afines al DAESH que no traspasa «el límite de la mera expresión ideológica».
La sentencia, recogida por Europa Press, choca frontalmente con la hipótesis que manejaron la Policía y la Fiscalía. La de un predicador salafista rodeado de cinco acólitos que captaba jóvenes en la mezquita de Inca y un integrante del grupo, Abdelkader Mahmoudi, que habría fantaseado con salir a la calle, apuñalar viandantes y caer como «mártir» en la plaza de Inca. Nada de eso, concluye la Sala, se sostiene jurídicamente.
El Ministerio Público había convertido la serie Toufik se fue a Siria en la piedra angular de su relato. Cuatro vídeos que, a su juicio, escenificaban la captación, radicalización y envío de un joven ficticio —interpretado por uno de los acusados— hacia las filas del Estado Islámico. Pero los magistrados creen que lejos de incitar al alistamiento, el material «desanima» a cualquier aspirante a muyahidín. El tribunal lo descarta como herramienta de adoctrinamiento.
Órbita salafista
Tampoco prospera la tesis de que el líder del grupo, Tariq C., predicador muy conocido en la comunidad musulmana y con notable presencia en YouTube, fuese el engranaje central de una estructura de captación. La Sala reconoce que se mueve en la órbita salafista y que puede compartir postulados favorables a la yihad, pero advierte de que sus mensajes no son «unívocos» sino que se aproximan más a sermones. Recupera incluso un sermón en Manacor en 2014, donde defendía el deber de cuidar a los mayores.
La investigación policial había dibujado un escenario mucho más sombrío. El predicador, recién llegado a Mallorca tras abandonar Bélgica por la prohibición del velo integral, habría articulado un círculo de jóvenes en torno a la mezquita de Inca. Azzouz A., uno de ellos, impartía artes marciales a niños mientras hacía sonar anasheeds violentos; en su registro aparecieron vídeos de reclutamiento de menores y ejecuciones. Todo ello reforzó la idea de una célula en marcha.
Pero la Audiencia Nacional sostiene que buscar, almacenar o visionar propaganda yihadista no basta para condenar. Subraya que es imprescindible «la identificación de conductas peligrosas» orientadas a cometer un delito de terrorismo o a adoctrinar a terceros. Y en este caso, concluyen los magistrados, ese salto no existe.
La Fiscalía pedía entre cinco y ocho años de prisión. La Policía hablaba de un ataque inminente. El tribunal, en cambio, no ve rastro de preparación operativa. No encuentra actos, contactos ni pasos verificables encaminados a ejecutar un atentado. Y recuerda que la autoformación ideológica, por radical que sea, no es delito si no se dirige a una acción concreta.