Imagen de archivo de María José Catalá y Vicent Mompó junto con Esteban González Pons.
Por qué Mompó no puede ser ya presidente de la Generalitat y Pérez Llorca y Catalá sí
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana marca la línea rojo de los próximos pasos en el Partido Popular
Mazón sostiene que «ha ido muy bien con Feijóo» y niega cualquier veto a la alcaldesa de Valencia como posible sucesora
Estos son los candidatos y las alternativas para la sucesión de Carlos Mazón que dividen al PP
Mazón dimite como presidente de la Generalitat y propone a Pérez Llorca para su relevo sin convocar elecciones
La situación de Carlos Mazón como presidente de la Generalitat Valenciana y los posibles pasos a futuro abren un escenario tan amplio como disperso. Eso sí, las normas están claramente indicadas en el Estatuto de Autonomía. Es por ello que dependiendo del proceso se opten por una serie de candidatos o que se pueda entender por qué sobre la mesa para una sustitución inmediata están Juanfran Pérez Llorca y María José Catalá, pero no Vicent Mompó.
El presidente de la Diputación de Valencia, Vicent Mompó, sólo podría ser presidente de la Generalitat vía elecciones. Es decir, Mazón dimite disolviendo las Cortes Valencianas y el PP designa al alcalde de Gavarda como candidato, quien gana las elecciones y cuenta con el apoyo de la cámara autonómica para ser presidente del Gobierno valenciano. Estas hipotéticas elecciones anticipadas podrían celebrarse como pronto el 28 de diciembre, siempre que la medida sea anunciada por Carlos Mazón este 3 de noviembre, sino el escenario ya contempla irse a celebrar la 'fiesta de la democracia' a principios de 2026.
Actualemten la única persona con potestad para disolver las Cortes y convocar nuevas elecciones es el presidente Carlos Mazón
Si entre Carlos Mazón y Alberto Núñez Feijóo optan por una transición más 'calmada' habría que mirar a los otros 39 diputados 'populares'. Ya que según se indica en el Artículo 27.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana «el Presidente de la Generalitat será elegido por las Cortes de entre sus miembros». Esta es la fórmula de elegir nuevo presidente sin pasar por las urnas.
Entre los otros 39 diputados destacan dos perfiles dispares. Por una parte está María José Catalá, alcaldesa de Valencia y candidata con más opciones a vista de Génova, mientras que el propio PP de la Comunidad Valenciana ha optado por apostar por Juanfran Pérez Llorca, síndico en la cámara autonómica, como presidente «transitorio» hasta agotar la legislatura y que sea en ese momento cuando sea entronizado, al menos dentro del partido, Vicent Mompó.
En base al Artículo 27.1 del Estatuto de Autonomía se entienden los dos caminos que podría escoger el PP, ya que si se quiere un nuevo rumbo rápido se podría optar por Catalá pero si se elige llevar una transición más sosegada ahí aparece Llorca a la espera de Mompó en 2027.
Las cábalas podrían ser ciertamente infinitas, pero la única persona que tiene potestad legal para disolver las Cortes Valencianas es el presidente de la Generalitat. Así consta en el Artículo 23.4 del Estatuto de Autonomía: «La disolución y convocatoria de nuevas elecciones a las Cortes Valencianas se realizará por medio de Decreto del Presidente de La Generalitat».