Imagen de archivo de la reunión entre Juanfran Pérez Llorca y Pedro Sánchez en La Moncloa.
Sánchez acepta la segunda medida de Llorca: las ayudas de la dana no tributarán a Hacienda
Llevaba Carlos Mazón cerca de un año criticando que las ayudas de la dana tributaran a Hacienda y obteniendo el rechazo de la bancada socialista, incluso señalando de «bulo» dicho pago impositivo; se presenta Juanfran Pérez Llorca ante Pedro Sánchez, incluye esta exención como solicitud número dos y ahora el sí que la acepta. Las ayudas concedidas por la Generalitat Valenciana a los afectados por la dana para facilitar el mantenimiento del empleo y la reactivación económica y para autónomos estarán exentas de tributación.
Así lo ha anunciado Juanfran Pérez Llorca, destacando que ha logrado que el Gobierno central deje exentas de tributación esas subvenciones autonómicas.
El presidente valenciano ya le 'arrancó' a Sánchez la comisión mixta entre Gobiernos que, al igual que esta nueva medida, era negada reiteradamente ante cualquier demanda por parte del anterior Ejecutivo valenciano. Y ahora las ayudas de la dana no tributarán, un permiso del Gobierno que Llorca ha valorado positivamente pero recordando que «se trataba de una cuestión de justicia, porque los afectados que han recibido una ayuda de la Generalitat no tendrían que haber pagado ningún impuesto por ello».
Juanfran Pérez Llorca ha señalado que esta decisión es «la segunda medida de las cien» que presentó al presidente del Ejecutivo español, Pedro Sánchez, en la reciente reunión que mantuvo con él, «que aceptan» desde este gobierno. No obstante, ha apuntado que «sigue siendo insuficiente».
En este sentido, el presidente ha recordado algunas de las peticiones realizadas, «como una mayor rapidez en la ejecución de las obras de la dana» o «el fondo de nivelación o la bajada del IVA al 4 por ciento para la adquisición de vivienda».
Concretamente, ha precisado la Generalitat, el Ejecutivo central exime del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas y sobre el Patrimonio, así como del Impuesto de Sociedades, a las ayudas concedidas en virtud del Decreto 172/2024 del Pleno del Consell por el que se aprobaban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes dirigidas a facilitar el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de las empresas afectadas por la dana de octubre de 2024.
Asimismo, se aplica esta exención tributaria a las ayudas aprobadas en el Decreto 176/2024 del Pleno del Consell por el que se aprobaban las ayudas dirigidas a las personas trabajadoras autónomas de las zonas afectadas por las inundaciones provocadas por ese temporal. Ambas tienen efecto retroactivo al 29 de octubre de 2024.