Imagen de archivo de una persona comprando carnes y embutidos

Imagen de archivo de un inspector en un puesto de mercadoColegio de Veterinarios

El Colegio de Veterinarios de Valencia denuncia que no hay suficientes plazas de inspectores de matadero

La entidad valora como «positiva» la voluntad de la Conselleria de Sanitat de regular las condiciones de trabajo del personal de Salud Pública en festivos

El control oficial de los alimentos en la Comunidad Valenciana está regulado y se estructura a partir de dos categorías profesionales, ambas dependientes orgánicamente de Sanitat, con ámbitos de actuación bien diferenciados desde hace décadas: el Veterinario de Área y el Inspector Veterinario de Matadero -que también depende funcionalmente de la Conselleria de Agricultura-. Al menos es así desde la entrada en vigor del Decreto 30/1988, que profundizó en este reparto de funciones, en el contenido y naturaleza de ambos perfiles. Los primeros se responsabilizan de la seguridad alimentaria en establecimientos de distinta índole (industrias alimentarias, bares, restaurantes, colegios, supermercados, lonjas pesqueras, salas de despiece cárnicas, hortofrutícolas, mercados…) y los segundos de la inspección del ganado antes del sacrificio, del despiece, condiciones de refrigeración, del transporte y producción de derivados cárnicos… siempre dentro de los centros dedicados al sacrificio de reses.

Desde hace años, el Consell Valencià de Col.legis Veterinaris (CVCV) ha venido denunciando la falta de inspectores veterinarios de matadero pero, en lugar de crearse plazas, las autoridades optaron por suplir esta carencia con veterinarios de área. La Generalitat ha presentado ahora un proyecto de decreto para regular las condiciones especiales de trabajo y retribución para el personal de Salud Pública que presta estos servicios -lo que el CVCV considera que era algo «muy necesario»-. El texto añade un pago complementario para los veterinarios de área que trabajen en matadero, sin considerar la cualificación, los niveles y las funciones de cada categoría. Efectivamente, el borrador presentado introduce en diversos artículos la posibilidad de que, sin criterios definidos y a discreción de los coordinadores de este departamento, a los veterinarios de área se les puedan reasignar funciones propias y exclusivas de los inspectores veterinarios de mataderos. Y tal cosa se haría con la aparente intención de dar visos de legalidad a una situación que el CVCV considera «irregular».

En las alegaciones a este proyecto presentadas por el órgano colegial autonómico se advierte que la medida planteada «no contempla las horas de formación especializada en las funciones, conforme establece la normativa europea» y podría cuestionar «la eficiencia y la eficacia de los controles oficiales» en una materia tan sensible como la seguridad alimentaria. Además, permitir estas sustituciones generaría una seria «disfunción organizativa e inseguridad jurídica» entre el colectivo además de romper con los principios «mérito, capacidad, igualdad, objetividad y transparencia» de la función pública. Por no hablar del estrés y la responsabilidad añadida que para un Veterinario de Área supone asumir tareas para las que no ha sido específicamente preparado y que no realiza habitualmente.

En la práctica, la discrecionalidad concedida para los superiores jerárquicos supondría que funcionarios que ac-cedieron mediante concurso u oposición a plazas de Veterinario de Área «con unas condiciones conocidas y aceptadas, verían modificado sustancialmente su destino funcional sin posibilidad de elección ni aplicación de criterios o baremos establecidos, objetivos y equitativos, quedando su asignación a funciones muy distintas», se dice en las alegaciones.

Con todo, el CVCV valora en términos «positivos» la voluntad de la Conselleria de Sanitat de regular las condiciones del servicio prestado por este cuerpo en festivos, en horario nocturno, en régimen de turnos o en los mataderos. Sin embargo, advierte que las remuneraciones planteadas son sensiblemente más bajas que las recogidas para otros sanitarios con responsabilidades equivalentes y que por todo ello «necesitan mejorar». Más relevante que eso, en lugar de flexibilizar las funciones y ámbitos de actuación de los veterinarios de salud pública, el CVCV plantea la evidente necesidad de crear más plazas en los mataderos. «Es imperativo que se mantengan estas dos categorías diferenciadas por la necesidad de una formación específica, que está regulada en la normativa europea y renumerarlas convenientemente, puesto que su repercusión sobre la salud de las personas y económica es clave», se reitera desde el CVCV. Intercambiar ambas responsabilidades resultaría tan poco comprensible «como pretender que un médico cardiólogo realice funciones de un traumatólogo o un dermatólogo», se señala gráficamente también en las alegaciones presentadas.

Al malestar acumulado tras décadas de precariedad y penosidad en los horarios de trabajo en los mataderos, se suma ahora esta medida. El CVCV no descarta que el sector veterinario de salud pública estudie otras medidas, incluyendo posibles movilizaciones o huelga, en caso de no ser atendidos estos cambios.

El órgano colegial recuerda, asimismo, que más allá de los conocimientos específicos y experiencia clave en materia sanitaria y de seguridad alimentaria de los veterinarios de mataderos sobre, por ejemplo, zoonosis que puedan afectar también a la salud pública, sanidad y bienestar animal, trazabilidad e identificación- los profesionales de esta categoría deben conocer y manejar las distintas bases de datos de la Conselleria de Agricultura. Aplicaciones como el REGA, SITRAN, SIRENRA... que son básicas para desarrollar su trabajo y que en gran medida desconocen los veterinarios de área. De hecho, el departamento de Salud Pública ha reconocido este hecho diferencial creando para el personal temporal, más allá de las sucesivas convocatorias de plazas diferenciadas, una bolsa de trabajo específica con formación y cualificación diferenciada. En las alegaciones, como gesto de flexibilidad, el CVCV defiende que tales sustituciones se circunscriban a «casos excepcionales, de forma puntual, por tiempo limitado y en circunstancias justificadas».

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