Salón Municipal de San Juan de Dios, de  Montilla

Salón Municipal de San Juan de Dios, de MontillaLa Voz de Córdoba

Alfredo Dagnino y Guerra, protagonista de la XXX Sentencia Romana de Montilla

El Letrado Mayor del Consejo de Estado se ha convertido hoy en el trigésimo sentenciador romano

En la tarde de este sábado, el Abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, Alfredo Dagnino y Guerra, ha pronunciado la 30º Sentencia Romana de Montilla en el Salón Municipal de San Juan de Dios de la localidad. Un acto que ha continuado en la Parroquía de Santiago donde se ha dado lectura de la sentencia condenatoria contra Jesús de Nazaret que disponía «Señor mío y Dios mío, tu condena a padecer y morir en la Cruz, la cruz del amor y de la salvación, para que tu bendita resurrección nos recuerde que nos has redimido de nuestros pecados.Contemplándote, comprendo nuestra pequeñez y nuestra finitud, comprendo que por nosotros mismos no podemos ser merecedores de Ti. Nuestra voluntad y nuestros pecados nos atraen hacia la tierra y nos alejan de Ti».
En el acto Centuria Romana, el Letrado ha estado rodeado del Excelentísimo Señor Alcalde del Ayuntamiento de Montilla, el presidente de la «Centuria Romana Mvnda» , así como de numerosos e ilustres autoridades civiles, judiciales, académicas y de miembros de Hermandades y Cofradías de la provincia.
Continuación del acto en la Parroquía de Santiago

Continuación del acto en la Parroquía de SantiagoLa Voz de Córdoba

Sentencia Romana

El acto incluye la lectura del pregón, el desfile de la Centuria Romana Munda por las calles de Montilla y el pronunciamiento del fallo.
Alfredo ha comenzado su discurso dando las gracias «a quienes me han concedido el inmenso honor» por «la tradición que representa la celebración de este acto único en España, testimonio vivo del fervor religioso popular en la Semana Santa de Montilla». Continúa a examinar dos cuestiones que «me permito calificar de previo y especial pronunciamiento, por utilizar un término arraigado en nuestras leyes procesales históricas y que introduce la Ley Provisional de Enjuiciamiento Criminal de 1872: (i) La jurisdicción y competencia del Juzgador; y (ii) las reglas que, a modo de leyes rituarias, rigen este acto». Por los hechos acontecidos confirma «ninguno de los procesos penales históricos que han sido señalados, ninguno, ha tenido la trascendencia del «proceso de Cristo»».
Finaliza su intervención, «volver a condenar a Jesús es aceptar el misterio de la voluntad del Padre y de su libre aceptación por Jesús; es aceptar la culminación de la obra redentora a través de la realidad de la Encarnación de Dios en la historia, la intervención en la Historia del mismo «Hijo de Dios», que, al hacerse hombre por obediencia a la voluntad del Padre, se hace semejante a nosotros y aceptó cumplir hasta el fondo su voluntad, afrontar por amor a nosotros la pasión y la cruz, para hacernos partícipes de su resurrección, a fin de que en él y por él podamos vivir para siempre en la consolación y en la paz».

Sentenciador

Alfredo Dagnino y Guerra (Madrid, 1967). Es Letrado Mayor del Consejo de Estado, abogado en ejercicio. Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y graduado en Derecho por el Centro de Enseñanza Superior San Pablo CEU, como número uno de su promoción. Jurista y directivo con más de treinta años de experiencia profesional en el sector público, privado empresarial y el tercer sector.
Es Académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación y Académico de número de la Academia de la Diplomacia del Reino de España. Recientemente, ha sido nombrado por la Conferencia Episcopal Española, Director de Auditoría Interna y Cumplimiento Normativo de la Conferencia Episcopal Española y Presidente del Órgano de Cumplimiento Normativo, encargado de la supervisión y control de la actividad y procesos de actuación de la entidad.
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