Ione Belarra, en su comparecencia en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros
La ley de familias prohíbe el pin parental
El proyecto de Ione Belarra incluye también tres permisos para ayudar a la conciliación, la ampliación de la renta crianza y la equiparación con las familias numerosas de las monoparentales con dos o más hijos
En el Consejo de Ministros de este martes, 14 de diciembre, fue aprobada en primera vuelta la ley de familias del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. En la rueda de prensa posterior, Ione Belarra anunció los pilares sobre los que se sustenta la norma y cuáles son sus objetivos principales.
Uno de los puntos más polémicos, quizá después de los 16 tipos de familias que recoge la norma, es que prohíbe que los padres impidan que sus hijos puedan acceder a contenidos de diversidad familiar en las aulas. Las palabras de la ministra fueron: «Vamos a proteger el derecho de los niños, las niñas y los adolescentes a la información y participación en actividades sobre diversidad familiar en el marco educativo».
Sobre esto, añadió que no se permitiría aplicar el conocido como pin parental ni «ningún otro mecanismo que cercene el derecho de la infancia y la adolescencia en actos de diversidad familiar y que contribuyan al libre desarrollo de su personalidad».
El proyecto de ley incluye también un permiso retribuido de ocho semanas para que los padres lo puedan disfrutar de forma continua o discontinua hasta que sus hijos cumplan ocho años. Según ha apuntado Belarra, este se va a aplicar de manera progresiva: 6 semanas en 2023 y ya ocho en 2024.
Otras dos bajas han sido incluidas en la norma: una de cinco días para cuidar de un familiar o un conviviente y otra de cuatro para disfrutar por horas o días completos ante «causas de fuerza mayor», como que un hijo se haya puesto malo durante la noche o que haya que acompañar a una pareja a una cita médica.
La ley de familias amplía la renta crianza de 100 € al mes por hijo a cargo para mujeres trabajadoras e incluye ahora también a las madres que cobren la prestación por desempleo o las que hayan cotizado 30 días a partir del parto.