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20 de abril de 2024

El bebé siente todo lo que su madre siente

Una imagen de una ecografíaUnsplash

¿Vas a tener un bebé en 2023? Estas son las ayudas que te corresponden

Todo aquel que vaya a tener un hijo en este año 2023, podrá beneficiarse de ayudas y deducciones que antes no había, de otras que han sido ampliadas y algunas que ya existían y que corresponden a todos los que han sido padres en años anteriores. En esta lista, se recopilan las ayudas estatales, mientras que a nivel autonómico o local puede que haya modificaciones para cada caso particular.
La más conocida quizá sea el permiso por la llegada de un hijo. La prestación por nacimiento y cuidado del menor unifican ahora las bajas por maternidad y paternidad, que tiene una duración de 16 semanas para cada uno de los progenitores.
A este permiso puede sumársele una semana más por cada uno por cada hijo, a partir del segundo, pero también cuando el parto es múltiple o en caso de discapacidad del hijo. Otra opción posible para la ampliación de la baja se da ante partos prematuros u hospitalización, por más de siete días, después del parto, y por un periodo máximo de hasta 13 semanas.
Esta prestación, que consiste en un subsidio equivalente al 100 % de una base reguladora, le corresponde tanto a trabajadores por cuenta ajena como propia, aunque han de cumplirse una serie de requisitos detallados por la Seguridad Social en su página web.

El cheque bebé

Se trata de la ayuda de 100 euros al mes que ya cobraban las madres trabajadoras, pero que se ha extendido a partir del 1 de enero de 2023 también a mujeres que no estén trabajando. El requisito principal es tener un hijo menor de 3 años biológico, por adopción, acogimiento o tutela, así como estar cobrando la prestación por desempleo, contributiva o no.
También tienen derecho a esta prestación todas aquellas mujeres que, sin reunir los requisitos previamente, coticen 30 días a partir del parto, e igualmente, quien tenga un empleo a tiempo parcial o temporal. Otras circunstancias en que se puede cobrar la ayuda es que ambos padres sean del mismo sexo, y el padre solo podrá percibirla en caso de fallecimiento de la madre o tutor, o cuando la guarda y custodia se le atribuye de manera exclusiva.
Existen dos maneras de acceder al cheque bebé. Por un lado, puede añadirse a la declaración de IRPF en la próxima campaña de la renta, cuando la cantidad de la prestación se restará a lo que toque pagar a Hacienda o se añadirá a lo que tenga que ingresar si la declaración sale a devolver. Y por otro, la ayuda puede recibirse mensualmente. Para ello, hay que solicitar el abono anticipado a la Agencia Tributaria.

Ayuda por hijo con discapacidad

Mientras un hijo, con una discapacidad de grado igual o superior al 33 %, sea menor de edad y hasta que cumpla los 18 años, la familia podrá recibir una asignación económica. Esta depende tanto de la edad como del grado de discapacidad.
  • Si el hijo o menor a cargo es menor de edad, con una discapacidad igual o superior al 33 %, la ayuda será de mil euros anuales por hijo.
  • Si es mayor de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 65 %, esta será de 5.012,40 euros anuales por hijo.
  • Si es mayor de edad, con una discapacidad igual o superior al 75 %, la prestación es de 7.519,20 euros anuales por hijo.

Ayuda a la crianza

Quien reciba el Ingreso Mínimo Vital, o familias con rentas bajas, podrá beneficiarse de una prestación de hasta 100 euros por hijo a cargo. Los requisitos pueden consultarse en la revista de la Seguridad Social. La cantidad, en realidad, depende de la edad del menor o del número de hijos:
  • Entre los 0 y los 3 años: 100 euros al mes por cada hijo.
  • Entre los 3 y los 6: 70 euros al mes.
  • Entre los 6 y los 18: 50 euros al mes.

Pago único por nacimiento o adopción

El Instituto Nacional de la Seguridad Social otorga una cantidad de 1.000 euros, en un pago único en casos de nacimientos o adopciones en familias numerosas, familias monoparentales y en casos de discapacidad igual o superior al 65 % de la madre, siempre que no supere el límite de ingresos.
Al igual que la baja por maternidad, esta ayuda está exenta de IRPF. Puede ser solicitada tanto por ciudadanos españoles como por extranjeros que trabajen en España, mientras que se tenga la residencia en el país. Sin embargo, es incompatible con otras ayudas análogas, aunque sí se pueden recibir a la vez:
  • La prestación por parto o adopción múltiple causada por el mismo sujeto.
  • Las asignaciones económicas por hijo o menor acogido a cargo.
  • La pensión de orfandad y en favor de nietos y hermanos que, en su caso, puedan corresponder.
  • Otras ayudas económicas análogas concedidas por una Administración Local o Autonómica.
  • El subsidio especial de maternidad por parto múltiple causada por un mismo sujeto.

Por parto o adopción múltiple

Cuando se tienen gemelos, mellizos, biológicos o adoptados, la Seguridad Social ofrece en un pago único una prestación no contributiva, que se calcula multiplicando por 4, 8 o 12 el salario mínimo interprofesional del año en curso. En casos en los que uno de los hijos esté afectado por una discapacidad igual o superior al 33 % computará el doble:
  • En caso de tener dos hijos, se multiplica por cuatro el Salario Mínimo Interprofesional.
  • Si se tienen tres, habrá que multiplicar por ocho.
  • Si son cuatro o más hijos los que se tienen, se multiplica por doce.

Por familia numerosa o monoparental

Las familias con tres o más hijos y las monoparentales con dos o más pueden beneficiarse de una deducción específica, que puede aplicarse en la Declaración de la Renta o recibirse en un bono anticipado. Lo máximo que se puede deducir son 1.200 euros anuales, es decir, 100 euros mensuales con un incremento del 100 % para las familias numerosas de categoría especial.
Con la nueva ley de familias, los núcleos familiares monoparentales con dos o más hijos tienen la categoría de numerosa, y reciben sus mismas ayudas. Esta deducción es perfectamente compatible con la deducción por maternidad y la de por hijo con discapacidad.
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