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24 de abril de 2024

Manifestantes provida se reúnen frente a la Corte Suprema de Estados Unidos. Foto de archivo

Manifestantes provida se manifiestan frente a la Corte Suprema de Estados Unidos. Foto de archivoJim Lo Scalzo, EFE / EPA

EEUU y México

«Cada día que entra en vigor la ley de Texas, se salvan la vida de hasta 200 bebés»

Triunfo judicial de la causa provida en la Suprema Corte de Estados Unidos y grave retroceso en México

El aborto es un tema ferozmente polémico que enfrenta a grupos provida con los proabortos en América Latina y también en los Estados Unidos. A nivel jurídico, el debate encalla en varios puntos, sobre todo, si se puede y desde cuándo considerar que el feto es una persona no nacida y si existe un derecho de autodeterminación absoluto de las mujeres sobre su mismo cuerpo incluyendo la otra vida que están gestando en su interior.
En Estados Unidos una mujer ya tiene el derecho constitucional federal de obtener un aborto durante la primera etapa del embarazo e incluso se impide que legalmente los estados puedan legislar prohibiéndolo o impidiéndolo por medio de sus funcionarios. Aunque el debate parece zanjado, los grupos provida han encontrado una vía para evitar que la nueva legislación estatal no se vea impugnada por la Suprema Corte, lo que en el caso de Texas no ha impedido que finalmente llegue a este máximo órgano de justicia.
Sin embargo, del Río Bravo hacia el sur, donde hay legislaciones provida que penalizan o limitan el aborto, la estrategia de los grupos feministas es legalizar el aborto amplio e irrestricto por vía legislativa –como el caso de Argentina– o por vía judicial –como el caso de México–.

La ley que protege el latido del corazón

Con la intención de poner límites a los abusos que una legislación permisiva y una cultura del descarte promueven, los legisladores republicanos y demócratas del congreso estatal de Texas en Estados Unidos, aprobaron en mayo recién pasado la «Heartbeat Law» (en castellano la «ley del latido del corazón» que de hecho, no prohíbe o penaliza de manera generalizada el aborto, sino aquel que se produjese una vez existiendo ya el latido fetal que conforme la nueva ley se entiende como la «actividad cardíaca o la contracción rítmica constante y repetitiva del corazón fetal dentro del saco gestacional» y que podría darse alrededor de las primeras 6 semanas.
En un apasionado discurso, el gobernador de Texas, Greg Abbott, acompañado de gran parte de los legisladores promotores de esa ley, manifestó que «trabajamos juntos sobre una base bipartidista para aprobar un proyecto de ley que estoy a punto de firmar que garantiza que la vida de cada niño por nacer que tenga un latido del corazón se salvará de los estragos del aborto».
Texas no es el primero en legislar al respecto. Ya otros estados como Georgia, Misisipi, Kentucky y Ohio también aprobaron leyes del «latido del corazón» que prohíben el aborto una vez que pueda detectarse actividad cardíaca en una ecografía y por tanto una prueba objetiva de la existencia de una nueva vida que indiscutiblemente se debe proteger.
Esas leyes también intentaban prohibir el aborto cerca de las seis semanas de embarazo, 18 semanas antes de lo legalmente reconocido hasta ahora en Estados Unidos, que permite el aborto hasta incluso las 24 semanas. Lamentablemente, esas leyes estatales se han visto frenadas por recursos judiciales y no se han aplicado.

La nueva ley entra en vigor

A diferencia de las leyes similares de otros estados, la de Texas ha corrido mejor suerte en parte por aprender de esos intentos frustrados. Aunque esta ley también ha sido recurrida ante la Suprema Corte, el pasado 1 de septiembre dicho tribunal denegó la solicitud de medida cautelar que pretendía detener su entrada en vigor.
En una ajustada decisión mayoritaria de apenas 5 contra 4 magistrados, el máximo tribunal de justicia de Estados Unidos consideró que «los solicitantes que ahora tenemos ante nosotros han planteado serias preguntas con respecto a la constitucionalidad de la ley de Texas en cuestión. Pero su aplicación también presenta cuestiones de procedimiento complejas y novedosas sobre las que no han soportado su carga».
No sólo la sustentación insuficiente jugó a favor de la nueva ley, sino también la particular fórmula utilizada por los legisladores que, conociendo el actuar previo del tribunal, evitaron encomendar la aplicación de la ley en sus funcionarios y por el contrario habilitaron que cualquier empleado de una clínica o persona particular pueda denunciar su incumplimiento e incluso recuperar los honorarios legales.
No obstante, la victoria del estado de Texas en contra del aborto puede ser temporal, pues la misma sentencia indica que «aunque la Corte niega hoy la solicitud deja en claro que no puede entenderse que sustenta la constitucionalidad de la ley» y que «puede hacerlo con prontitud cuando esa cuestión se plantee adecuadamente».

Celebran la sentencia

La organización provida Texas Right to Life ha expresado su satisfacción con el fallo de la Corte Suprema que ratificó la legislación que restringe el aborto en Texas. «La industria de los abortos no piensa en los niños ni en las mujeres» denunciaron mientras celebraban la resolución judicial. Así mismo, agregaron que «es momento para tomar el éxito de Texas y replicarlo en otros estados» afirmó una portavoz de la organización.

La industria de los abortos no piensa en los niños ni en las mujeresTexas Right to Life

Texas Alliance for Life, una organización cuyo objetivo es proteger la vida humana inocente desde la concepción hasta la muerte natural, al conocer la sentencia celebró que «cada día que entra en vigor la Ley de Latidos del Corazón de Texas, se salvan la vida de hasta 200 bebés por nacer, mientras que cientos de centros de embarazo y hogares de maternidad en Texas están listos para ayudar a las mujeres con embarazos no planeados».

Nueva demanda contra Texas

El Departamento de Justicia de EE.UU. presentó a mediados de septiembre una demanda contra Texas para bloquear la ley que entró en vigor. La demanda, presentada ante una corte federal de Austin (Texas) solicita bloquear esta ley y «proteger los derechos que Texas ha violado».
Recientemente, el fiscal general de Texas, Ken Paxton, ha criticado que la prohibición del aborto en el estado está sirviendo como «estímulo» para el comercio entre el resto de los territorios de Estados Unidos gracias a los viajes que hacen las mujeres que quieren abortar. Estas afirmaciones del fiscal general se han producido a través de una serie de informes presentados en el marco de la impugnación del Departamento de Justicia.

Grave retroceso en México

Texas y Coahuila se encuentran separados tan sólo por el Río Bravo; pero ambos, casi de manera simultánea, han sido impactados recientemente por sentencias judiciales sobre el aborto. Sin embargo, el caso mexicano no es un asunto nuevo.
En 2017 el Congreso Estatal de Coahuila aprobó su Código Penal dejando establecido en su artículo 195 que «comete aborto quien causa la muerte al producto de la concepción, en cualquier momento del embarazo». Dicha legislación generó una acción de inconstitucionalidad promovida por la Procuraduría General de la República demandando la invalidez, entre otros, del artículo citado.
Después de 4 años en tramitación, el pasado 7 de septiembre, la Suprema Corte de México resolvió por unanimidad que «es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta, y se pronunció por primera vez a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, sin enfrentar consecuencias penales».
La Suprema Corte justificó en su sentencia que el «producto» de la gestación merece una protección que incrementa en el tiempo a medida que avanza el embarazo. Sin embargo, precisó que «esa protección no puede desconocer los derechos de las mujeres y personas gestantes a la libertad reproductiva».

Iglesia mexicana se pronuncia

En un comunicado titulado «A favor de la Mujer y la Vida» los Obispos de México expresaron que «los problemas que enfrentan las mujeres y el estatuto jurídico del concebido no nacido son un tema complejo con aristas antropológicas, científicas, filosóficas y éticas que no es posible reducir a una resolución en un asunto judicial».

​Así mismo, advirtieron que los razonamientos empleados se sustentan en parámetros de interpretación que «bajo la apariencia de progresividad se traducen en la constitucionalización del derecho a decidir desconociendo otros bienes jurídicos de igual jerarquía».

​Finalmente lamentaron que «frente a la aparente disyuntiva sobre no criminalizar a la mujer que aborta y preservar la vida del concebido no nacido, la Corte haya optado por descartar al segundo, sin buscar la salvaguarda de ambos».
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