El alcohol y las drogas están presentes en el 50 % de fallecidos en carretera

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Seguridad vial

Esto es lo que debes hacer si te paran en un control de alcoholemia y has bebido

Nuestra actitud con los agentes pude contar mucho en la gravedad de la sanción que nos va a imponer y en el importe de la misma

Afortunadamente hace ya años que han pasado al olvido mitos populares como que es mejor negarse a soplar que someterse a un control de alcoholemia y dar positivo.
No sirve de nada que simules asma y evites soplar fuerte, ni siquiera sirve de nada que te niegues a realizar la segunda prueba, pues es obligatoria y te aplicarán la misma multa que si te hubieras negado a soplar. Que por cierto es bastante más grave que si soplas y das positivo.

Tus derechos...

Es cierto que puedes exigir que te trasladen hasta un centro hospitalario para realizarte un análisis de sangre y con ello ver el nivel de alcohol en sangre. Pero tampoco te lo recomendamos, pues normalmente el grado de alcohol en sangre suele ser bastante más alto que el de alcohol en aire expirado, con lo que ello supone en materia de sanciones.
El alcoholímetro de la furgoneta es más preciso, el menor de los positivos será el que acompañe la denuncia

El alcoholímetro de la furgoneta es más preciso, el menor de los positivos será el que acompañe la denuncia

Incluyendo la posibilidad de que te imputen un delito contra la seguridad vial, que podría hacerte acabar en prisión en el peor de los casos si tienes antecedentes o si eres reincidente.
Tampoco sirven de mucho remedios populares como liarte a beber agua como una grulla, ni a correr como Karl Lewis. Ni siquiera las famosas pastillas de la tos del pescador, Fisherman, van a evitar que el etilómetro indique tu nivel real de alcoholemia. Por su puesto olvídate de los sobre de Almax.

Educación y no muestres síntomas

Abogados expertos en la materia indican que lo mejor es obedecer en todo momento las indicaciones del agente de la autoridad. Es posible que la primera prueba la realicen en el coche, sin dejarnos bajar.
Usaremos el etilómetro a través de la ventanilla. Muéstrate educado y conciliador en todo momento. Obedece sus indicaciones y como ya te hemos dicho no te niegues a soplar.
Si das positivo te llevarán hasta la furgoneta de atestados, donde te harán la prueba con una máquina más precisa y de mayor tamaño que imprime además los resultados en papel.
Haz las dos pruebas esperando los diez minutos obligatorios entre una y otra. Debes saber que siempre se usa aquella en la que la cifra de positivo es menor.
Trata de ser cordial y demostrar al agente que no tienes síntomas visibles de embriaguez, e incluso sugiérele si es posible que lo indique en el atestado.
Tanto para alegaciones como para el proceso judicial que se abre es muy positivo para ti si el agente indica que no tienes síntomas visibles de alcoholemia.
En cambio puede empeorar mucho la situación si especifica como agravante que tienes actitud visiblemente desafiante y afectada por el consumo de alcohol.
La primera prueba suele realizarla el agente con el etilómetro de mano

La primera prueba suele realizarla el agente con el etilómetro de mano

Es cierto que si no ha habido ningún tipo de accidente de por medio y no tienes síntomas visibles en el atestado puede ser que llegado el juicio el juez anule la vía judicial y el proceso se cierre con la multa económica y los puntos del carnet.

¿Y si me niego a soplar?

Si tu decisión es que te lleven al hospital para cotejar los resultados se abre la puerta a un resquicio legal, y es que la administración sea capaz de demostrar que no ha habido negligencia en la cadena de custodia de tu muestra de sangre, lo cual está actualmente muy controlado.
Te recordamos que en la actualidad la multa por negarse a soplar es de seis meses a un año de cárcel y la retirada del carnet de uno a cuatro años, en paralelo a la máxima sanción económica.
Mientras que si soplamos y damos positivo entre 0.25 y 0.50, la multa será de 500 euros y nos quitarán cuatro puntos del carnet. Si damos entre 0.51 y 0.60, la multa será de 1.000 euros y seis puntos del carnet.
No obstante, tenemos que tener presente que si somos reincidentes en el año inmediatamente anterior, la sanción será de 1.000 euros y nos podrán quitar hasta los seis puntos del carnet de conducir.
Por encima de 0,60 gramos/litro hablamos de un delito penal contra la seguridad vial con una sanción que va de tres a seis meses de prisión o multa de seis a 12 meses, trabajos en beneficio de la comunidad y la retirada del carnet de conducir entre uno y cuatro años.
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