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Se tiene que tener una antigüedad de dos años de la licencia

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Estos son los nuevos vehículos que se podrán conducir con la licencia B del carnet de conducir

El 1 de marzo de 2023 la Comisión Europea publicó una propuesta legislativa que buscaba cambiar la normativa y ampliar el peso límite de cara al futuro

El mundo del motor se encuentra en una constante evolución. De hecho, la seguridad vial también se está adaptando con el paso del tiempo a las nuevas tecnologías, absorbiendo las diferentes novedades que llegan a la carretera. En esta ocasión, una normativa aprobada por el Parlamento Europeo cambiará el número de automóviles que se pueden conducir con la licencia B del carnet de conducir.
En España, esta es la licencia de mayor popularidad, ya que permite conducir un turismo y una serie de vehículos cuyo número aumentará en el futuro. La propuesta en sí, permite que se puedan conducir vehículos de hasta 4.250 kg con el carnet B, siempre y cuando sean autocaravanas o coches eléctricos. Concretamente, esto se debe a que el peso de las baterías es cada vez mayor.
El pasado 1 de marzo de 2023, la Comisión Europea publicó una propuesta legislativa que buscaba cambiar la normativa y ampliar el peso límite en el futuro. Un año después, ha sido aprobada y está en espera de entrar en vigor. A su vez, para poder conducir los nuevos vehículos será necesario que el conductor cuente con una antigüedad de dos años de la licencia.

«Facilitará la adopción de tales vehículos»

Desde la Comisión, explicaron que «al aumentar la masa máxima de la mayoría de los vehículos de emisiones cero de la categoría B, la propuesta facilitará la adopción de tales vehículos, contribuyendo así a los objetivos de la Ley Europea del Clima y a la ambición de contaminación cero del Pacto Verde Europeo de tener un medio ambiente libre de contaminación nociva para 2050».
En este sentido, el aumento de peso para autocaravanas se aplicará independientemente del sistema de propulsión que tenga.

Otros vehículos que se pueden conducir

Actualmente, con la licencia B del carnet de conducir se pueden pilotar triciclos y cuatriciclos de motor, además de ciclomotores. Por otra parte, también es posible conducir una moto de 125 cc una vez que se vayan a cumplir los tres años de antigüedad del permiso y se supere el curso que todavía no ha entrado en vigor.
Finalmente, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha dejado claro que circular con «conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa autorizada del conjunto no supere los 4.250 kg», por lo que también se pueden conducir vehículos especiales agrícolas.
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