Los vehículos tipo cámper suelen generar problemas de convivencia
Legislación
La DGT cambia las normas a los vehículos cámper y aclara dónde pueden aparcar y dormir a partir de ahora
La Dirección General de Tráfico también quiere dejar muy claro que la última palabra siempre la tendrán las ordenanzas municipales locales
En menos de una década el fenómeno de los vehículos tipo cámper y las caravanas en España se ha multiplicado por tres, lo que significa que el número de vehículos de estas características ha crecido de algo menos de 40.000 a unos 140.000, todo ello sin contabilizar las transformaciones sobre furgonetas que no están dadas de alta.
Se triplican
Lógicamente la llegada de todos estos vehículos a las calles está provocando problemas de convivencia, pues al final no dejan de ser auténticas casa rodantes en las que vive gente, y ya depende de su educación la capacidad para convivir de manera sociable y no manchar ni generar problemas o todo lo contrario.
Pueden aparcar allá donde puede cualuqier otro vehículo
En este caso la DGT daba una instrucción en 2023 que ahora ha matizado por los citados problemas, en la misma la clave ha estado en confirmar que estos vehículos pueden aparcar en el mismo sitio que cualquier otro vehículo e incluso pueden dormir dentro pero no acampar.
Prohibido acampar
Por acampar entendemos sacar toldos, mesas y sillas o tender la ropa, algo que la DGT deja muy claro que no está permitido. En paralelo la Dirección General de Tráfico también quiere dejar muy claro que la última palabra siempre la tendrán las ordenanzas municipales locales.
Esto quiere decir que al final los ayuntamientos son soberanos para poner limitaciones como por ejemplo el número de horas que pueden permanecer aparcados en el mismo sitio o similares.
La señal S-128 indica donde puedes cambiar las aguas de la cámper
Esto supone que un vehículo puede no poder permanecer más de 24 horas en el mismo sitio estacionado, independientemente de que haya ocupantes durmiendo en el interior o no.
En paralelo la DGT aclara también que las autocaravanas deben pasar la ITV conforme cualquier otro vehículo y que las únicas zonas en las que se permite el vaciado y cambio de aguas es en las identificadas con la señal S-128.