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TribunaTomás Salas

Santo Tomás de Aquino y la propiedad privada

Acontecimientos recientes en la vida política de España ponen en primer plano un tema que siempre vuelve a la actualidad: la propiedad privada.

Act. 21 oct. 2026 - 16:23

La propiedad privada es, de alguna manera, la madre de todos los derechos; el derecho que concreta, que materializa a los demás. En la situación anterior al Estado moderno, la propiedad la determinaba la fuerza y su administración es arbitraria. En el Estado de derecho, se supone que está regulada y protegida. Cuando se pierde el control sobre ella, sea por exceso o por defecto de Estado, no sólo el sistema democrático, sino lo que entendemos por civilización, se vuelve imposible. Se genera un caos donde impera la fuerza y el suelo que sostiene los derechos se vuelve arena movediza. Y lo contrario: cuando se mantiene la propiedad, el sistema no democrático tiene más dificultades para llegar a los extremos del totalitarismo. La propiedad mantiene cierto espacio de libertad, aunque sea imperfecto.

Podrían aportarse argumentos y citas de los grandes teóricos del liberalismo, antiguos y modernos –Locke, Stuart Mill, Friedman, von Hayek–, pero vamos a situarnos más atrás, en plena Baja Edad Media. Santo Tomás de Aquino, en su Summa Theologiae, también en el opúsculo De Regno, trata de lo divino, pero, como buen realista, sin obviar lo humano.

Primero hay que destacar que los bienes materiales son –lo que podría parecer contradictorio con una idea simplista de la ascética cristiana– necesarios para la buena marcha de la sociedad. El Aquinate indica tres requisitos para que el cuerpo social tenga una vida sana: la paz, que la sociedad sea dirigida a que obre bien y (cito) «en tercer lugar se requiere que, por la diligencia del dirigente, haya suficiente cantidad de lo necesario para vivir rectamente» (De Regno, 49). Por lo tanto, sin bienes materiales, sin riquezas, no es posible una buena vida ni una buena administración del regno.

Los bienes materiales, por su origen, vienen de Dios y están destinados a todos los hombres. Pero, en cuanto a su uso y administración, es conveniente que cada cual administre lo suyo. Esto, por varias razones:

a) «Cada uno es más solícito en gestionar aquello que le pertenece a él solo que lo que es común»

b) «Se administran más ordenadamente las cosas humanas, si a cada uno le incumbe el cuidado de sus propios intereses»

c) «La paz entre los hombres se mantiene si cada uno está contento con lo suyo» (S. Th. II-II, q. 66, a. 2).

Estas ideas son evidencias de sentido común que puede comprender cualquier persona sin conocimientos filosóficos y que, además, han sido avaladas por la desastrosa experiencia de los experimentos colectivistas. Históricamente, cuando no se han cumplido estos sencillos y hondos preceptos, se ha generado pobreza y desigualdad.

Ahora bien, la administración privada de los bienes no tiene un carácter absoluto, puesto que no es derecho natural (ius naturale), sino creado por el hombre (ius gentium). Tiene, pues, sus límites. «En cuanto al uso, no debe tener el hombre las cosas como propias, sino como comunes, de modo que se puedan comunicar en caso de necesidad» (ibid). La administración privada de los bienes, pues, no aboca necesariamente a una situación de egoísmo y avaricia.

En una situación como la actual, de desorientación, cuando los conceptos zozobran en un torrente de opiniones y ocurrencias, siempre nos ayuda a aclarar las ideas recurrir al Maestro del Sentido Común.

Tomás Salas es escritor

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