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27 de abril de 2024

Sede central de Orange, en el Parque Empresarial La Finca

Sede central de Orange, en el Parque Empresarial La FincaEuropa Press

Multan con 100.000 euros a Orange después de que los repartidores fotografiasen el DNI de los clientes

Un usuario de Murcia solicitó una investigación en 2020 después de que el trabajador de una empresa de paquetería sacase una foto a su carné de identidad por ambas caras

La compañía telefónica Orange ha sido multa con 100.000 euros por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) después de que los repartidores solicitaran a los usuarios fotografiar sus DNI por ambas caras, donde aparecen más datos personales de los necesarios, según concluye la agencia.
Todo viene a colación de un caso de 2020, en el que un cliente acudió al cuartel de la Guardia Civil de Totana (Murcia) para solicitar una investigación después de que un repartidor de GLS sacase una foto a ambas caras de su documento de identidad.
Tras las conclusiones de la AEPD, cuya resolución se publicó el pasado jueves, se condena a Orange a pagar una multa de 100.000 euros como consecuencia de infringir el artículo 5.1.c del Reglamento General de Protección de Datos.
Por lo tanto, fotografiar el DNI de los consumidores como requisito para determinadas gestiones puede resultar «excesivo» según la AEPD. «El acceso a la imagen del DNI, fotografiando tanto el dorso como el reverso, y el tratamiento con la finalidad de entregar un producto a través del dispositivo móvil del repartidor de la empresa distribuidora se considera excesivo y no limitado a lo necesario en relación con las finalidades competentes», reza la resolución.
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