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29 de abril de 2024

testamento

Hay varios modelos de testamento que dan lugar a confusiónEuropa Press

Cuáles son las diferencias entre testamento, abierto, cerrado, ológrafo y últimas voluntades

Existen diferentes fórmulas a la hora de dejar por escrito de manera legal los deseos antes de fallecer

Aless Lequio, hijo de Ana Obregón, dejó un testamento ológrafo en el que especificaba que quería dejar descendencia. Esto es lo que ha explicado la actriz en su entrevista de esta semana en la revista Hola, pero ¿en qué consiste esta fórmula y qué diferencias hay con otros tipos de testamentos?
Lo cierto es que hay varios modelos que dan lugar a confusión. Por un lado tenemos el testamento cerrado o el abierto, pero también está el ológrafo –el utilizado por el hijo de Obregón–. Todos ellos, no obstante, difieren de las últimas voluntades. Estas son las diferencias:
El testamento cerrado se encuentra regulado en el artículo 680 del Código Civil. Este consiste en un documento en el que una persona expresa sus últimas voluntades y la manera en la que desea que sean repartidos sus bienes. Tras ello, lo entrega en un sobre cerrado a un notario, para que su contenido se conozca únicamente después del fallecimiento de la persona que lo otorga.
Por otro lado, está el testamento abierto. Como explican desde 'Conceptosjuridicos.com', este es el documento de últimas voluntades realizado ante notario público. Se conoce también con el nombre de testamento notarial abierto. En este caso, es el propio notario quien redacta lo que el testador manifiesta oralmente. De esta forma se garantiza que no habrá errores típicos que posibiliten una impugnación.

Testamento ológrafo, el de Aless Lequio

En el caso del testamento ológrafo, se trata de aquel que es escrito a mano y firmado por el propio testador. Puede ser entregado por quien lo hace a una persona de su confianza para que lo custodie hasta el momento del fallecimiento del testador.
A partir de este momento, la persona que lo porte deberá presentarlo ante un notario en un plazo de 10 días después de que se conozca que el otorgante ha fallecido. De no hacerlo en este plazo, será responsable por los daños y perjuicios que este retraso pueda ocasionar y tendrá que pagar una indemnización.
Una vez entregado, se procederá a comprobar la autenticidad del mismo ante notario, presentando testigos o con una prueba pericial caligráfica. Finalmente, se emitirá un acta por parte del notario que acordará la protocolización del escrito en los registros notariales en el caso de que el análisis resulte positivo.

¿Y las últimas voluntades?

«Ambos conceptos no significan lo mismo», tal y como explican desde Allianz. Un testamento permite al interesado decidir y especificar a quién va a dejar sus bienes, es decir, quiénes van a ser los herederos. Por su parte, el certificado de últimas voluntades es simplemente el documento que acredita que la persona fallecida efectivamente ha dejado, ante un notario, un testamento.
A diferencia de lo que muchos piensan, no se trata de un documento en el que se encuentren los deseos del testador, pero sí es un papel imprescindible para saber dónde podemos encontrar dicha información.

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