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29 de abril de 2024

Mujer embarazada

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El Comité de Bioética asegura que los vientres de alquiler pueden convertir a niños en «huérfanos programados»

Desde la mirada bioética «no debe considerarse como una técnica más» y por ello conviene analizar los diferentes elementos que entran en juego

Después que el caso de Ana Obregón saliese a la luz, que ha sido madre por vientre de alquiler a los 68 años, el Comité de Bioética de España considera que es necesario reflexionar sobre si debe existir un límite de edad para ser madre o padre mediante esta vía, ya que puede convertir a los menores en «huérfanos programados».
«La edad de los comitentes debe ser objeto de reflexión porque podría convertir a los niños y niñas en huérfanos programados», ha explicado la presidenta del Comité de Bioética de España, Leonor Ruiz, en una entrevista con Europa Press.
Además, ha recordado que «en el caso de la adopción en España se requiere tener una diferencia con el adoptado mayor de 16 años y menor de 45» y que «este requisito se fundamenta en la necesidad de garantizar a priori la responsabilidad y el compromiso con la crianza».
En general, sobre la práctica de la gestación subrogada, el Comité de Bioética de España, sin haber realizado un debate «riguroso y fundamentado» que dé lugar a un informe, señala que la gestación subrogada «no pude considerarse como una técnica de reproducción asistida más» porque «el vientre de alquiler no es un proceso biológico neutro» y pide una reflexión «sosegada y prudente» más allá de «opiniones personales y casos señalados».
«Es un hecho innegable para la ciencia, que el vientre de alquiler no es un proceso biológico neutro», sino que, por el contrario, durante el mismo tienen lugar «fenómenos epigenéticos que modifican la expresión de los genes, que hay intercambio de material celular entre la gestante y el feto y que se establece un vínculo emocional y afectivo entre ambos durante los meses de la gestación», ha precisado la presidenta del Comité.
De esta manera, ha añadido que, desde la mirada bioética, «no debe considerarse como una técnica de reproducción asistida más» y por ello conviene analizar cuidadosamente los diferentes elementos que entran en juego y «los valores que puedan entrar en conflicto».
En concreto, ha indicado que, por un lado, están «las personas comitentes» que manifiestan su deseo de ser padres y madres y «que por distintas razones (médicas, estructurales, estéticas) recurren a esta vía»; por otro, la «mujer gestante que con diferentes motivaciones (altruistas o mercantiles) cede y expone su cuerpo para la gestación de un niño o niña del que se va a desprender en cuanto haya nacido»; y como elemento «esencial», el menor de edad y «lo que pueda derivarse de este proceso, que afecte a su dignidad o ponga en riesgo su protección».

¿Es posible regular el altruismo?

En este escenario podemos preguntarnos si es correcto «poner límites a los deseos, romper intencionalmente el vínculo entre gestación y maternidad, si el deseo de los comitentes se identifica siempre con el interés superior del menor, si es posible armonizar los valores e intereses de los comitentes, la gestante y el así nacido, si es correcto ser padre o madre a expensas del uso del cuerpo de otra mujer aunque esta haya dado su consentimiento, si es posible regular el altruismo», ha argumentado la experta
En todo caso, Ruiz ha recordado que los vientres de alquiler son «una práctica ilegal en España» pero ha defendido que se debe seguir inscribiendo a los niños nacidos por esta vía con el fin de priorizar el interés superior del menor y que este no quede desprotegido en cuanto a sus derechos de filiación.
«Así debe seguir siendo, pero es necesario reflexionar sobre las consecuencias que esta aparente contradicción pueda tener sobre los principios que se esgrimen para la ilegalización en España (cosificación de la mujer, explotación, instrumentalización de los niños y niñas) y articular soluciones prudentes que protejan a los menores y a las personas más vulnerables», ha subrayado.
Respecto a si es ético utilizar el material genético de un hijo fallecido para tener un bebé por gestación subrogada, como ha ocurrido en el caso de Ana Obregón, Ruiz ha precisado que el Comité no ha deliberado sobre este asunto y, por tanto, «no tiene opinión fundamentada sobre los problemas éticos que se puedan derivar de esta situación específica». Si bien, insiste en que el interés superior del menor debe ser «el eje que vertebre la reflexión ética».
Según recuerda, España tiene regulada la utilización postmorten de gametos desde el año 2006 con la promulgación de la Ley de reproducción humana asistida; y no solo está regulada por Ley en EE.UU. o en España, sino también en otros países como Inglaterra, Países Bajos, Grecia y recientemente Portugal, cada uno con condiciones diferentes.
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