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01 de mayo de 2024

La ministra de Igualdad Ana Redondo se dirige a medios de comunicación

La ministra de Igualdad Ana Redondo se dirige a medios de comunicaciónEFE

Igualdad afirma que estudiará medidas si la ley trans madrileña colisiona con la nacional

La norma autonómica, entre otras novedades, introduce la necesidad de un informe médico para que los menores puedan iniciar el tratamiento farmacológico

El Ministerio de Igualdad estudiará las «medidas oportunas» en el caso de que los cambios impulsados por el PP madrileño en la ley autonómica de identidad y expresión de género colisionen con la norma nacional, la ley trans aprobada por el Congreso el pasado febrero.
En vísperas de que la reforma llegue al pleno de la Asamblea de Madrid, fuentes del departamento que dirige Ana Redondo han señalado a Efe que si finalmente se aprueban las modificaciones planteadas a más de 30 artículos de la ley autonómica, Igualdad «estudiará las medidas oportunas en caso de colisión con la normativa estatal que garantiza los derechos de las personas LGTBI».
La reforma impulsada por el gobierno de Isabel Díaz Ayuso modifica varios aspectos de la Ley de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad de Madrid del año 2016, una norma que en su día fue pionera.
Entre otros cambios, se elimina el concepto de «identidad de género» para pasar a hablar de «condición o expresión sexual» y se borra la inversión de la carga de la prueba o la posibilidad de que se cometa una discriminación «por error», al considerar que podría vulnerar la presunción de inocencia.
En cuanto a los menores trans, la reforma introduce la necesidad de un informe médico del profesional de salud mental que esté tratando al menor antes de iniciar el tratamiento farmacológico para el cambio de sexo, un aspecto que no contempla la ley nacional, que únicamente aborda el cambio de nombre y sexo en el registro. Para el cambio de sexo en el registro, según la ley trans nacional, no son necesarios informes médicos ni psicológicos.
La reforma de la ley madrileña también elimina el artículo que obligaba a las autoridades autonómicas a facilitar a las personas trans documentación acorde con su identidad de género, alegando que existe ya una ley nacional que aborda esa cuestión.
De hecho, en el preámbulo explica que la aprobación de la ley trans nacional «hace necesario derogar los preceptos de la ley 2/2016 (la autonómica) que establecían un sistema paralelo de autodeterminación de género en el ámbito competencial y en la expedición de documentos de la Comunidad de Madrid».
Argumenta que es «inviable» que coexistan un sistema estatal y otro autonómico sobre esta misma materia que podría ocasionar disfunciones entre la documentación derivada del Registro Civil, el DNI y los diversos registros y documentos personales autonómicos.
La reforma elimina también el artículo 24 de la ley que alude a los planes y contenidos educativos, así como el título X relativo al tratamiento igualitario de la información y la comunicación.
Los partidos de izquierdas en la Asamblea de Madrid han criticado duramente esta reforma, al considerarla una «amenaza real» a los derechos del colectivo LGTBI y Más Madrid ha avanzado que solicitará al Defensor del Pueblo que la lleve al Tribunal Constitucional.
Para el PP, sin embargo, estos cambios buscan garantizar a las personas trans «un acompañamiento psicológico de forma transparente y clara», por los profesionales «adecuados».
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