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Un veterinario examinando a un perro

Un veterinario examinando a un perroEuropa Press

Un juez ve justificado faltar al trabajo para acompañar a un animal de compañía a su eutanasia

En el primero de los casos, el juez subraya que la mujer no faltó al trabajo el 29 de noviembre «por capricho», sino que no acudió debido a razones «sobrevenidas, imprevisibles, humanitarias y éticas»

Un juez ve improcedente el despido de una teleoperadora que faltó cuatro días al trabajo, dos de ellos de forma injustificada, porque en uno de los casos no se ausentó «por capricho» sino para «evitar la agonía de su perra», a la que tuvo que llevar al veterinario para que le practicaran la eutanasia.

En la sentencia, el juez de lo social número 25 de Barcelona da la razón a la mujer, representada por el Colectivo Ronda, y ordena a la empresa Majorel SP Solutions a readmitirla o a indemnizarla con 4.116 euros por despido improcedente.

La empresa comunicó en enero de 2025 el despido a la mujer, que trabajaba como teleoperadora desde 2023 con un salario de 68 euros brutos diarios, por cuatro ausencias injustificadas, los días 29 de noviembre y 3, 9 y 25 de diciembre de 2024, lo que constituía una falta muy grave.

Sin embargo, el juez considera en su sentencia, que se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que únicamente dos de estas ausencias, la del 9 de diciembre y la del día de Navidad, no están justificadas, lo que no es motivo suficiente para el despido.

Razones «humanitarias y éticas»

En el primero de los casos, el juez subraya que la mujer no faltó al trabajo el 29 de noviembre «por capricho», sino que no acudió debido a razones «sobrevenidas, imprevisibles, humanitarias y éticas», debido a la situación «crítica» de su perra.

Para el juez, «resultaría inmoral» que la perra «hubiese tenido que prologar la agonía» hasta que la mujer -que trabajaba de 08:00 a 16:00 horas- terminase su jornada, la fuese a buscar a casa y la llevara al veterinario para practicarle la eutanasia.

La mujer había llevado a la perra al veterinario el día anterior, 28 de noviembre, porque tenía un bulto en la boca, estaba apática y sangraba por la boca, ante lo que se certificó que su situación era crítica, por lo que no se descartó que hubiese que sacrificarla, aunque se la citó para dos días después, el 30 de noviembre.

Un empeoramiento «súbito y sobrevenido»

Sin embargo, el día 29 la perra sufrió un «empeoramiento súbito y sobrevenido» y la mujer faltó al trabajo para llevarla al veterinario para que le practicasen la eutanasia, en un proceso que finalizó a las 15:55 horas.

El juez reconoce que no existe un permiso o licencia en el Estatuto de los Trabajadores o en el Convenio del sector al que pudiera acogerse la mujer para ausentarse de su puesto de trabajo y llevar de urgencia a su perra al veterinario.

No obstante, sostiene que «razones humanitarias, éticas y morales» justifican que se priorizara la salud de un animal doméstico, «que prácticamente agonizaba a consecuencia de su precario estado de salud debido a su edad», respecto de la obligación de acudir a su puesto de trabajo.

De hecho, la mañana del 29 de noviembre la mujer llamó al veterinario para avisar que notaba a la perra muy intranquila, que no bebía agua, no comía y que el bulto en la boca había aumentado, motivo por el que la veterinaria la citó a mediodía para practicarle la eutanasia «por razones humanitarias».

En su sentencia, el juez invoca la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los animales, de 2023, que regula el «reconocimiento y la protección de la dignidad de los animales por parte de la sociedad».

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