La ministra portavoz del Gobierno, Elma Saiz, y la ministra de Sanidad, Mónica García,
El Gobierno garantiza asistencia sanitaria a todos los inmigrantes irregulares sin cuantificar el gasto
Entre las personas que pueden disfrutar de los beneficios de este real decreto están las mujeres extranjeras que decidan abortar a su hijo
Las personas inmigrantes en situación irregular podrán hacer uso de la salud pública española sin cuantificar el gasto. Así lo ha comunicado este martes la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Con esto, los residentes ilegales podrán asistir a los hospitales de nuestro país.
La norma, propuesta por el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, desarrolla reglamentariamente lo previsto en el artículo tercero de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, reforzando la seguridad jurídica, la cohesión territorial y la aplicación homogénea del derecho en todo el Estado.
El real decreto propuesto por el Gobierno busca agilizar los procedimientos necesarios para reconocer el derecho a la atención sanitaria. Para ello, este se tramitará a través de una declaración responsable, un documento en el que la persona solicitante afirma que no dispone de cobertura sanitaria por ninguna otra vía, que reside en España, que no se puede trasladar el derecho desde otro país y que no existe una tercera persona para asumir su coste.
En este sentido, la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, ha afirmado que esta medida iguala la cobertura sanitaria para estos beneficiarios en «toda la geografía española» y acaba con «criterios que eran divergentes que hasta la fecha se aplicaba en función del territorio». Es decir, si el inmigrante irrgular comple con los requisitos, se le entregará un documento que le permitirá el acceso a toda la sanidad del territorio nacional.
Asimismo, la titular de la cartera de Sanidad ha revelado que las personas que podrán disfrutar de lo establecido en el real decreto serán los menores de edad, las mujeres embarazadas en todo el proceso y el posparto, las víctimas de violencia de género, las mujeres que aborten y las de violencias sexuales y de trata de seres humanos. Además, se establecen medidas para que las personas con discapacidad dispongan de formatos accesibles y el apoyo necesario para realizar sus trámites en igualdad de condiciones.
Esta aprobación también permitirá mayor flexibilidad en la acreditación de la residencia habitual en España, de manera que, aunque el empadronamiento seguirá siendo el documento preferente, en su ausencia se podrán presentar otros medios de prueba, como certificados de escolarización o matriculación en centros públicos, informes de servicios sociales o certificados de registro de visitas, facturas de luz, gas, agua, telefonía o Internet a nombre del solicitante, o cédulas de inscripción y documentos de registro consular, ha informado Sanidad en una nota.
Qué pasa con los españoles que residen fuera
Este real decreto también se dirige a los propios españoles. Tal y como ha revelado la ministra de Sanidad, esta medida también se aplica a los españoles, quienes tendrán derecho a asistencia sanitaria pública en España si viven en el extranjero, ha explicado la titular de la cartera de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España en la rueda de prensa.
Se trata de un cambio relevante, ya que hasta ahora este derecho estaba restringido a pensionistas o trabajadores. Sin embargo, con esta nueva norma esto se amplía a todos los ciudadanos del territorio, incluidos sus cónyugues, parejas de hecho y descendientes a cargo. Esto se aprobará siempre que no dispongan de cobertura sanitaria a través de otros convenios. En caso de que se detecten falsedades, el cocumento se anulará de inmediato.
Equiparación de exenciones en la prestación ortoprotésica
El real decreto introduce, además, una mejora en la equidad del sistema al equiparar automáticamente a los colectivos exentos de aportación en el pago de medicamentos (prestación farmacéutica) con aquellos exentos en la prestación ortoprotésica. De esta forma, cualquier persona usuaria o beneficiaria que, por su situación de vulnerabilidad o nivel de renta, no deba pagar por sus fármacos, quedará también exenta de cualquier aportación económica al recibir productos de ortopedia o prótesis con cargo al Sistema Nacional de Salud.