El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido
Así es la ley vasca que ha avalado Pumpido y que impone el euskera a todos los empleados públicos
Al no admitir a trámite el recurso del TSJPV, el Constitucional ha avalado su legitimidad y considera que se ajusta a las directrices de la Carta Magna
El Tribunal Constitucional, presidido por Cándido Conde-Pumpido, ha fallado a favor del Gobierno vasco y ha inadmitido la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) respecto a la ley de empleo público en relación con los perfiles lingüísticos que contempla.
En concreto, al no admitir a trámite el recurso del TSJPV, el Constitucional ha avalado su legitimidad y considera que se ajusta a las directrices de la Carta Magna. La polémica de la norma se centra en dos apartados del artículo 187, que trata sobre la «normalización lingüística».
Tal y como queda establecido en esta ley, que data del 2022, «todos los puestos de trabajo existentes en las administraciones públicas vascas, sus instituciones y organismos, incluidos aquellos de naturaleza temporal o coyuntural, tendrán asignado su correspondiente perfil lingüístico, determinado según las características y necesidades comunicativas atribuidas a dichos puestos de trabajo y a las destrezas lingüísticas exigibles a dicho fin».
Asimismo, en el apartado siguiente estipula que «el perfil lingüístico determina el conjunto de los niveles de competencia lingüística en euskera necesarios para la provisión y desempeño del puesto de trabajo», por lo que «el cumplimiento del perfil lingüístico se constituirá como exigencia obligatoria para el acceso y desempeño del correspondiente puesto de trabajo».
El recorrido de la norma
En diciembre del año 2022, el Parlamento vasco aprobó la Ley 11/2022, de Empleo Público Vasco, impulsada por el Gobierno de coalición de PNV y PSE-EE. Esta norma reorganizó toda la regulación de la función pública vasca y dedicó un título específico a la normalización lingüística.
En concreto, la ley establece que todos los puestos de trabajo de las administraciones públicas vascas, incluidos los de carácter temporal o coyuntural, deberán tener asignado un perfil lingüístico en función de las características y necesidades comunicativas de cada puesto. Asimismo, dispone que, una vez fijada la fecha de preceptividad de un determinado perfil, su acreditación será un requisito obligatorio para acceder y desempeñar ese puesto de trabajo.
En el marco de un procedimiento relacionado con la exigencia de perfiles lingüísticos en el empleo público, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco planteó una cuestión de inconstitucionalidad al apreciar posibles dudas sobre la adecuación de algunos puntos de la ley a principios constitucionales como la igualdad en el acceso a la función pública y los criterios de mérito y capacidad.
No obstante, el Tribunal Constitucional ha acordado inadmitir esa cuestión de inconstitucionalidad, por lo que no entrará a analizar el fondo del asunto. La decisión supone que la Ley de Empleo Público Vasco mantiene su plena vigencia y permite que continúe aplicándose el régimen de perfiles lingüísticos previsto en la norma, una resolución que ha sido recibida favorablemente por el Gobierno vasco y por los partidos que respaldan el modelo de normalización del euskera en la Administración.