Detalle de las pinturas murales del Monasterio de Sijena expuestas en el MNAC
El MNAC recurre la orden sobre Sijena y acusa al juzgado de dejarlo sin apoyo técnico para el traslado
El museo sostiene que se le genera indefensión al impedir un informe pericial del organismo estatal de patrimonio, rechazado por falta de independencia
El Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) ha presentado un incidente de nulidad contra el auto del 10 de abril en el proceso de ejecución de la sentencia que ordena la devolución de las pinturas murales de Sijena.
La institución considera que la decisión judicial vulnera su derecho de defensa al haber rechazado la incorporación de un informe del Instituto del Patrimonio Cultural de España (IPCE), al que atribuye la máxima solvencia técnica en conservación patrimonial.
El MNAC sostiene que ese dictamen es imprescindible para evaluar el traslado del conjunto pictórico expuesto en la sala 16 del museo. A su juicio, sin ese respaldo técnico, el tribunal no dispone de una base suficiente para concretar cómo debe ejecutarse la sentencia.
El juzgado de Huesca descartó la prueba al entender que el IPCE no podía actuar como perito independiente, al depender del Ministerio de Cultura y formar parte del entramado institucional del Estado junto a otras administraciones implicadas en el consorcio del museo.
El museo discrepa de ese criterio y argumenta que la exclusión del informe le provoca indefensión material, al privarle de un elemento técnico esencial para decidir si el traslado puede realizarse sin poner en riesgo la integridad de las pinturas.
En su escrito, el MNAC insiste en que su función es la conservación y exhibición de obras de arte, no la ejecución de operaciones de traslado de alta complejidad sin asistencia especializada externa.
Añade que el rechazo del informe no se basa en su utilidad, sino en la supuesta falta de independencia del organismo propuesto, lo que, a su entender, limita injustificadamente su derecho a utilizar medios de prueba.
El museo eleva además el tono al sostener que la decisión judicial supone una posible dejación de funciones en materia de protección del patrimonio cultural, que la Constitución atribuye a los poderes públicos.
En ese marco, defiende que resulta difícil justificar la ejecución de una sentencia de este tipo sin el apoyo del principal organismo estatal en conservación de bienes culturales.
El litigio por las pinturas de Sijena, uno de los más prolongados entre Aragón y Cataluña, entra así en una nueva fase centrada no en el fondo del fallo, sino en las condiciones técnicas de su cumplimiento.