Imagen del Reggaeton Beach Festival
Multan con 320.000 euros a un festival por prohibir acceder con comida y por otras prácticas abusivas
Además del pago de la multa, la empresa organizadora del evento deberá modificar sus condiciones y suprimir todas aquellas cláusulas que han sido calificadas como abusivas
El Ministerio de Consumo ha impuesto una sanción de 320.000 euros a la empresa organizadora del Reggaeton Beach Festival por incurrir en diversas prácticas consideradas abusivas hacia los asistentes.
Entre ellas figuran la prohibición de acceder al recinto con comida o bebida adquiridas en el exterior, las restricciones para volver a entrar una vez abandonado el festival y el cobro de determinados gastos de gestión en la venta de entradas, informa Efe.
Según Consumo, la compañía responsable de la organización de estos festivales en distintas comunidades autónomas ha reconocido su responsabilidad por las infracciones detectadas.
Como consecuencia de la sanción, además del pago de la multa, deberá modificar sus condiciones y suprimir todas aquellas cláusulas que han sido calificadas como abusivas.
El importe total de la sanción asciende a 320.000 euros y responde a la comisión de cuatro infracciones graves atribuidas a la empresa organizadora.
Desde el Ministerio de Consumo se explica que una de las irregularidades detectadas consistía en obligar a los asistentes a abonar un importe adicional al precio de la entrada para poder salir del recinto y acceder de nuevo durante la celebración del festival.
Otra de las conductas sancionadas se refiere al cobro de gastos de gestión en la venta de entradas. Tras el análisis realizado, el ministerio concluyó que ese incremento en el precio no guardaba relación con la prestación de un servicio efectivo que justificara dicho coste.
La resolución también aprecia vulneraciones relacionadas con el sistema de pago implantado en el interior del recinto, habitualmente mediante pulseras ‘cashless’. En concreto, se limitaba el derecho de los asistentes a recuperar el dinero no utilizado al establecer un plazo determinado para solicitar el reembolso.
Además, se aplicaba un cargo adicional en concepto de gastos de gestión por esa devolución y, en determinados casos, no se reintegraban los importes sobrantes cuando eran inferiores a dos euros.
Junto con la sanción económica, la empresa queda obligada a rectificar estas condiciones y eliminar de su operativa todas las cláusulas que la Administración considera contrarias a la normativa de protección de los consumidores.
A raíz de esta actuación, el Ministerio de Consumo ha difundido una serie de recomendaciones dirigidas a quienes adquieran entradas para festivales de música.
Entre ellas recuerda que el importe anunciado debe reflejar desde el primer momento el precio final, incluyendo todos los conceptos aplicables. Asimismo, subraya que los gastos de gestión únicamente pueden exigirse cuando respondan a un servicio realmente prestado.
El departamento también recuerda que los organizadores deben garantizar el acceso al agua del grifo durante la celebración del evento. Del mismo modo, advierte de que impedir la entrada con comida y bebida procedentes del exterior puede constituir una práctica abusiva cuando en el interior del recinto sí se permite su consumo si los productos se adquieren en los puntos de venta del propio festival.
En relación con la reventa de entradas, Consumo señala que esta práctica no está prohibida, aunque aconseja comprobar previamente que el promotor del evento la autoriza y recomienda utilizar siempre canales oficiales o expresamente autorizados.
En caso de adquirir las entradas fuera de los canales oficiales, el ministerio aconseja verificar que no sean nominativas, asegurarse de que permiten el acceso al recinto y confirmar que su comercialización corresponde realmente a los promotores del evento y no a acontecimientos creados por las propias plataformas de venta, concluye Consumo.