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19 de abril de 2024

Recreación histórica de batallas (Batalla de Almansa)

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Los recreadores de escenas históricas pierden en el Supremo la batalla por seguir usando armas reales

Los recursos presentados por las asociaciones históricas fueron rechazados por el contencioso

EL Tribunal Supremo ha puesto punto final a la batalla legal emprendida contra el nuevo Reglamento de Armas por dos asociaciones dedicadas a la recreación histórica, que reivindicaban poder seguir usando en sus proyectos armas de fuego reales como se permite a cazadores o deportistas de tiro olímpico.
Este nuevo reglamento viene dado tras la masacre de París en 2015, donde armas de fogueo fueron manipuladas para su transformación en herramientas letales. Antes del 2017 la posesión de este tipo de armas no estaba controlada y ni si quiera se catalogaban con la palabra «arma».
En la normativa actual se responde a las preguntas de las asociaciones de recreación histórica sobre las armas. Las de salva o acústicas se identifican como armas inutilizadas para su uso en artes escénicas y espectáculos. Solo se podrán adquirir en armerías o empresas autorizadas por la Intervención Central de Armas y Explosivos. La conversión de un arma de fuego en un arma acústica deberá realizarse por la armería propietaria, además de tener que realizarse otros procesos burocráticos.
En estas recreaciones se podrán usar armas de alarma y señales, armas acústicas y de salvas y armas inutilizadas, con pólvora sin proyectil que posean los punzonados o certificados correspondientes del banco oficial de pruebas.
Para comprar una pistola detonadora en recreaciones se necesita: la licencia de armas, un libro de coleccionismo, adiestramiento canino, el justificante de espectáculo público y de filmaciones cinematográficas o de actividades deportivas junto a un justificante de uso por parte de las asociaciones.

Condenados a pagar las costas

La sala de lo contencioso del alto tribunal no solo ha rechazado el recurso presentado por The Royal Green Jackets y Screaming Eagles 101 Easy, sino que las ha condenado a pagar las costas, que fija en 5.000 euros.
Según la sentencia, dictada este mes de julio, al margen de que se debe respetar la potestad reglamentaria del Gobierno, las recreaciones históricas podrán seguir realizándose «con plena verosimilitud».
«Hay que tener en cuenta, que en materia de armas (en todos sus ámbitos, fabricación, almacenamiento, comercio, tenencia, uso, transporte....) existe una fuerte intervención administrativa por su peligrosidad, y, estando comprometida la seguridad pública en razón de ese peligro intrínseco de las armas, la protección de la sociedad prima sobre los intereses privados», subrayan los magistrados.
A su juicio, el importante número de personas que intervienen -incluidos espectadores- en las recreaciones históricas, al aire libre, «comportan un riesgo real respecto del uso y custodia de armas de fuego reales».
En su recurso, las dos asociaciones destacaban que la recreación es una actividad cultural que busca mostrar la historia de la humanidad a través de sus épocas, «representando lo más fielmente posible atuendos, costumbres sociales, y acontecimientos bélico-militares a lo largo de los siglos».
Armas hechas a mano

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Y esa fidelidad, a su entender, requería utilizar las armas que mayor realismo histórico tengan, las reales, «siempre en entornos abiertos, bajo autorización y, lo más importante, utilizando munición de fogueo, es decir, sin disparar ningún tipo de bala, perdigón o proyectil».
«Lo desproporcionado de la cuestión es que se impide un uso seguro y no letal en recreación histórica, pero se permite su tenencia y uso, letal, en otras actividades como la caza o el tiro deportivo», alegaban las asociaciones, que alertaban también de los perjuicios para otras actividades, como los rodajes cinematográficos.
El reglamento sí les permite, como se recuerda en la sentencia, usar «armas de salvas y acústicas», armas de fuego transformada de forma específica para su uso exclusivo con cartuchos de fogueo en recreaciones históricas, filmaciones, artes escénicas y espectáculos públicos.

«Ostensible devaluación» económica de las armas

Pero las asociaciones destacaban que su uso en la recreación histórica era residual, porque casi no existía oferta y por la «ostensible devaluación» económica de las armas, convertidas en «un trozo de metal» al transformarse.
La Abogacía del Estado rebatió sus argumentos y subrayó que, de hecho, la nueva normativa había ampliado de forma considerable el espectro de armas que se pueden usar en las recreaciones, «a excepción de la prohibición del uso de armas de fuego largas (rifles y escopetas) y cortas (pistolas y revólveres)».
El Supremo les recuerda además que el uso de armas reales se permitía antes «excepcionalmente» cuando la recreación histórica «obligase» a su empleo. «No alcanzamos a imaginar esa hipótesis en los momentos actuales», concluyen los magistrados.

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