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05 de mayo de 2024

Nairo Quintana, durante el Tour de Francia disputado en julio

Nairo Quintana, durante el Tour de Francia disputado en julioAFP

Nairo Quintana pierde la batalla judicial por su positivo en el Tour de Francia

El Tribunal de Arbitraje Deportivo confirma la descalificación del ciclista colombiano por la presencia de tramadol y sus dos metabolitos principales en los análisis de dos muestras de sangre

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ha desestimado el recurso de Nairo Quintana, quien después de ser descalificado del último Tour de Francia por infringir su reglamento médico apeló la decisión.
Sin embargo, ahora el TAS dice que fue correcta la sanción que le impuso la Unión Ciclista Internacional (UCI), que le descalificó de la ronda gala por la presencia de tramadol y sus dos metabolitos principales en los análisis de dos muestras de sangre del ciclista colombiano.

El tramadol no es dopaje

Este analgésico está prohibido para proteger la salud y la seguridad de los ciclistas ante los efectos secundarios, aunque bien es verdad que el uso de esta sustancia no constituye infracción de las normas antidopaje. No figura en la lista de sustancias prohibidas de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) De ahí que no fuera sancionado a nivel deportivo Quintana, únicamente descalificado del Tour de Francia una vez que ya se había terminado.
Tras la audiencia del caso celebrada el pasado 12 de octubre, el Tribunal de Arbitraje Deportivo ha resuelto que la prohibición de la UCI en competición de tramadol se debe a razones médicas y no a razones de dopaje y, por lo tanto, está dentro de las competencias y jurisdicción del organismo.

La derrota judicial de Quintana

Esa era la pelea judicial de Quintana, que consideraba que la UCI se excedió en su descalificación del último Tour de Francia. El TAS también ha concluido que las pruebas científicas confirman que las muestras de Nairo Quintana contenían tanto tramadol como sus dos metabolitos y sobre esta base determinó que la decisión impugnada debía mantenerse, por lo que ha desestimado el recurso del ciclista.
Las infracciones de la prohibición de uso de tramadol en competición son infracciones según el reglamento médico de la UCI, pero no constituyen infracciones de las normas antidopaje. Al tratarse de una primera infracción, Nairo Quintana no es declarado inelegible y por tanto puede participar en las competiciones.

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