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María Jesús Montero, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros

La ministra de Hacienda, María Jesús MonteroEFE/Zipi

Impuestos

El Gobierno podría cobrar IRPF por las indemnizaciones de accidentes de tráfico

Hasta ahora estaban exentas. En Justicia señalan que la medida está en fase prelegislativa y que se escuchará a todos los afectados

La noticia surgía hace un par de días: la modificación de la Ley 35/2006 del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas podría incluir por primera vez en la historia el cobro de IRPF a los indemnizados por accidentes de tráfico. El anteproyecto que lo incluía, oculto en una disposición adicional al texto articulado, fue presentado por el anterior titular de Justicia, Juan Carlos Campo, y aprobado en Consejo de Ministros en diciembre de 2020.  La semana pasada fue introducido en el Plan Anual Normativo 2022 aprobado por el Consejo de Ministros con el objetivo de que este año se convierta en proyecto de ley.

Para Manuel Castellanos, presidente de la Asociación de Abogados de Víctimas de Accidentes y Responsabilidad Civil (ANAVA-RC), la idea es una auténtica aberración: «Las indemnizaciones a las víctimas de accidentes de tráfico siempre han estado exentas de IRPF por la sencilla razón de que no suponen un incremento patrimonial. Son una compensación por una disminución previa producida precisamente en el accidente de tráfico. Compensan esa pérdida siguiendo el principio de restitución íntegra». 

Aunque los daños personales son invalorables (reparación del coche, lucro cesante, curación), el principio básico es la total indemnidad (restitución íntegra) para la víctima. La modificación implica un coste que evita esa integridad, y además se hace de tapadillo: el anteproyecto lo lanza el Ministerio de Justicia, cuando es una cuestión fiscal propia de Hacienda, y además se hace en una disposición adicional: «No está dentro de una reforma fiscal, que hubiera sido lo lógico. Los fiscalistas no se habrán dado cuenta, porque siguen lo que hace el Ministerio de Hacienda. Nosotros lo hemos visto de milagro», comenta Castellanos.

Un cambio de calado

Como explica Castellanos, hasta ahora la solución de los accidentes podía ser rápida. Si los implicados lo tenían claro, llegaban a un acuerdo y se transfería el dinero a través del seguro. La nueva propuesta implica que haya un tercero neutral (mediador) y una escritura pública (notario), lo cual ya implica unos costes que se descuentan de una indemnización que debería ser total. Si no lo hay, se aplicarán impuestos, «aunque no se especifica la cuantía», explica Castellanos.

La implicación de estos costes no sólo será injusta. Redundará, según Castellanos, en que los acuerdos no se alcancen de un modo tan sencillo como se logra en muchas ocasiones. Los casos se judicializarán y la justicia se hará aún más lenta e ineficaz.

Podría pensarse que la llegada de los impuestos a este tipo de indemnizaciones es igual de comprensible a la que se produjo en su día con los premios de la Lotería. Tampoco tributaban, pero la situación es muy distinta. Una cosa es pagar impuestos tras haber recibido un premio que incrementa el patrimonio y otra tener que hacerlo tras obtener una indemnización por haber sido víctima de algo tan duro como perder un hijo, por ejemplo. 

El sector de los seguros tampoco está de acuerdo

La patronal Unespa, que agrupa casi todo el negocio del sector de los seguros, tampoco está de acuerdo con la idea: «Compartimos la preocupación de las víctimas de accidentes de tráfico por el posible nuevo tratamiento fiscal de las indemnizaciones que se ha establecido en una reciente consulta. Con arreglo a este criterio, al aplicarse el marginal del IRPF a la parte de la indemnización de daños patrimoniales, se quebraría el principio de reparación integra o total indemnidad a las víctimas de accidentes».

La organización destaca que los perjuicios de carácter patrimonial como el lucro cesante o los gastos emergentes como la necesidad de ayuda de tercera persona o los vinculados a prótesis, rehabilitación futura, adecuación de vivienda o incremento de los gastos de movilidad «suponen un elevadísimo montante en las cuantías totales de las indemnizaciones de lesionados graves por accidentes de circulación. Sucede lo mismo en el caso del lucro cesante de perjudicados por el fallecimiento de la víctima».

Por estos motivos, Unespa ha instado una nueva redacción del artículo 7 de la Ley del IRPF en el anteproyecto de ley de Eficiencia Procesal «para que pueda mantenerse a las víctimas de accidentes de tráfico la exención de las indemnizaciones de daños personales, tanto de los morales como de los patrimoniales».

La respuesta del Gobierno

Desde El Debate nos hemos puesto en contacto con los dos Ministerios relacionados con la medida para conocer más detalles sobre su posible aplicación. Hacienda dice que está impulsada por Justicia, aunque se trata de una medida fiscal. En Justicia señalan que «desde el Ministerio y este Gobierno siempre apoyamos a las víctimas, cualquier tipo de víctimas. Actualmente estamos en la fase prelegislativa, y cuando llegue a las Cortes Generales, como siempre hace este Gobierno, buscará el máximo acuerdo y consenso con el resto de fuerzas políticas para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, en este caso los familiares de las víctimas de los accidentes de tráfico. Para nosotros es necesaria y obligada la reparación, y en eso estamos trabajando». 

Según indican, «el Ministerio de Justicia sigue adelante con el proceso prelegislativo del texto de eficiencia procesal que actualmente está en el Consejo de Estado. En este punto sigue atento y dando audiencia a todos los sectores de la sociedad civil afectados por la reforma y estudiará con detenimiento la cuestión ante la preocupación de las víctimas de accidentes por ser esta una de las cuestiones prioritarias establecidas por la ministra».

El presidente de ANAVA-RC, Manuel Castellanos, envió en torno al 20 de diciembre una carta al secretario General Técnico del Ministerio de Justicia, Jacobo Fernández, y al director General de Seguros, Sergio Álvarez, para tener una reunión urgente que aún no se ha producido. 

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