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20 de abril de 2024

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Reforma de las pensiones: ¿qué impacto tendrá en tu jubilación?

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha presentado a los sindicatos la reforma del sistema de pensiones acordado con la Comisión Europea

El pasado lunes, 13 de marzo, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España, José Luis Escrivá, presentó a los sindicatos la reforma del sistema de pensiones acordado la pasada semana con la Comisión Europea. Se trata de la segunda modificación sustancial del sistema de pensiones en esta legislatura, después de la aprobada en 2021 con el visto bueno de los sindicatos y los empresarios, y tiene como objetivo incrementar los ingresos del sistema para poder costear un gasto creciente en pensiones.
Esta nueva reforma parece que no cuenta con el apoyo de los empresarios, con la CEOE de Antonio Garamendi a la cabeza, ya que consideran que tiene «voracidad recaudatoria» y un carácter «populista», además de que «socavará el esfuerzo de las empresas en las negociaciones salariales» con los sindicatos.
Pero, ¿cómo afectarán exactamente estos cambios a los ciudadanos que esperan su jubilación de cara a los próximos 20 años?

Cambios en el periodo de cómputo de la pensión

La reforma incluye un sistema dual de cómputo de la pensión. Así, los futuros pensionistas podrán elegir entre los últimos 25 años cotizados o los últimos 29 descartando los 24 peores para calcular su pensión de jubilación. De este modo, se busca ofrecer al pensionista la opción más ventajosa con el objetivo de que aquellos con carreras laborales más volatines no vean mermada su pensión por haber recibido menores ingresos en los últimos años en activo.
Este sistema estará vigente 20 años ya que, a partir de 2044, solo se utilizará el de los 29 años.

Nueva cuota de solidaridad

Como explicaba la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en su perfil de Twitter, el Gobierno propone una 'cuota de solidaridad' para «proteger las pensiones y reforzar el carácter redistributivo del sistema». Para ello, se incrementarán «los ingresos que aportarán las empresas por los salarios más altos y protegiendo más las pensiones más bajas».
La cuota será del 1 % en 2025 e iría aumentando a un ritmo de 0,25 puntos por año hasta llegar al 6 % en 2045. No obstante, no afectaría a todos los trabajadores. Solo se aplicaría a los salarios superiores a 53.946 euros en 2023.

El MEI subirá a 1,2 %

El mecanismo de equidad intergeneracional también sufrirá cambios y pasará de los 0,6 puntos porcentuales actuales a 1,2 puntos en 2029, con incrementos anuales del 0,1 %.

Reducción de la brecha de género

El complemento para reducir la brecha de género en las pensiones crecerá un 10 % en el bienio de 2024 y 2025 adicional a la revalorización anual.

Aumento de las pensiones mínimas

En 2023 la pensión de jubilación mínima se situó en los 10.963,40 euros anuales. Con la nueva reforma de pensiones, experimentará un ascenso siguiendo la lógica del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). De este modo, se establecen medidas para que la cuantía de las pensiones mínimas contributivas se aproxime al 60 % de la renta mediana, tomando como referencia la evolución de la pensión mínima con cónyuge a cargo, que alcanzaría entre 2024 y 2027 el 60% de la renta mediana correspondiente a un hogar de dos adultos.
Por su parte, las pensiones no contributivas también se revalorizarán y crecerán hasta converger en 2027 con el 75 % del umbral de la pobreza calculado para un hogar unipersonal.

Fin del tope de las pensiones

Las pensiones máximas se revalorizarán cada año con la inflación más un incremento adicional de 0,0115 puntos acumulativos cada año hasta 2050. A partir de este aó y hasta 2065 habrá incrementos adicionales.

Cobertura de lagunas

La reforma contempla que los vacios de cotización se compensen con el 100% de la base mínima los primeros 48 meses (4 años), y con el 50% de la base mínima a partir del mes 49, añadiendo para las mujeres asalariadas el 100% de la base mínima entre el mes de vacío 49 y el 60 (hasta el quinto año) y el 80% de la base mínima entre el mes 61 y el 84 (del quinto al séptimo año).

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