Fundado en 1910

04 de mayo de 2024

Una mujer se dirige a una oficina del SEPE

Una mujer se dirige a una oficina del SEPEEuropa Press

Ayudas

¿Por qué los autónomos y empleadas del hogar no tienen derecho al subsidio para mayores de 52 años?

Los autónomos y las trabajadoras del hogar son colectivos muy vulnerables cuando se quedan sin trabajo

El mercado laboral español no es fácil, sobre todo para aquellas personas que se quedan sin trabajo ya rondando los cincuenta años. En ocasiones, la situación de paro pueden alargarse demasiado, y terminan quedándose sin ella. No obstante, existe una ayuda destinada a aquellos mayores de 52 años que se han quedado sin prestación por desempleo pero que se encuentran en situación activa de búsqueda de trabajo.
De este modo, un gran número de personas, a pesar de la frustración que puede suponer no encontrar un puesto de trabajo, sienten alivio al saber que cuentan con esta ayuda como respaldo. Sin embargo, hay ciertos colectivos que podrían no tener derecho a ella, lo que ha suscitado un gran número de dudas y preguntas.

Ayuda para desempleados mayores de 52 años

La ayuda para mayores de 52 años en situación de desempleo, de 480 euros al mes, está destinada a las personas que cumplan con los siguientes requisitos:
  1. Estar en situación de desempleo.
  2. No estar en situación de persona trabajadora fija discontinua.
  3. Tener 52 años o más en el momento de solicitar la ayuda.
  4. Haber agotado la prestación por desempleo.
  5. Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes y no haber rechazado en ese periodo ninguna oferta de colocación adecuada.
  6. Cumplir el compromiso de actividad, que está incluido en la solicitud del subsidio.
  7. Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.
  8. Acreditar que en la fecha del hecho causante y en la de la solicitud del subsidio reúne todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social español.
¿Y puede cobrarla todo el mundo que cumpla con los requisitos? Efectivamente. Todo el mundo que cumpla con las condiciones puede convertirse en beneficiario, incluidos los autónomos y las empleadas del hogar. Sin embargo, estos dos colectivos deben tener presentes algunas puntualizaciones.

Autónomos y empleadas del hogar

Según se explica en la página web del Servicio Público de Empleo Estatal, existe un motivo por el que autónomos y empleadas del hogar no pueden cobrar este subsidio. Y es que existe un periodo mínimo de cotización al que hacer frente.
De este modo es necesario haber cotizado un mínimo de 15 años para la pensión de jubilación, dos de los cuales deben estar comprendidos en los 15 anteriores a la solicitud, o al menos seis años para tener derecho a la prestación por desempleo. Es importante destacar que las empleadas del hogar pueden cobrar el paro solo desde 2022 y en el caso de los autónomos, desde 2019.

Temas

Comentarios
tracking