Fundado en 1910

07 de mayo de 2024

No existe una lista oficial de enfermedades por las que se conceda una pensión por incapacidad permanente

No existe una lista oficial de enfermedades por las que se conceda una pensión por incapacidad permanente

Pensiones

Así puedes cobrar una pensión de incapacidad permanente sin tener que pedírsela a la Seguridad Social

El ciudadano debe saber que el tribunal médico no quita o pone pensiones de incapacidad permanente, solo recomienda la concesión o denegación de ella

Unas 950.000 personas en España cobran una pensión contributiva de incapacidad permanente. Además, no todas llegaron a percibirla de la misma forma, ya que en función de los casos es posible que el inicio del trámite para solicitar la prestación comience de una forma u otra. En algunos casos, puede darse la circunstancia de que el ciudadano ni siquiera pida a la Seguridad Social la apertura del expediente de pensión de incapacidad permanente.
La razón de esto es que, en algunas ocasiones, son otros los organismos que se encargan de iniciar el trámite, aunque más tarde el solicitante de la pensión tendrá que seguir todos los pasos que marca la ley, al igual que ocurre con el resto de aspirantes a pensionistas. La normativa contempla que sea, por ejemplo, la misma Seguridad Social la que comience los trámites para la obtención de una pensión de incapacidad permanente sin que el ciudadano tenga que pedirla.
Lo mencionado anteriormente no significa que la pensión esté asegurada, solo conlleva que el organismo ha considerado que el ciudadano se encuentra en una situación que le permite tener opciones para solicitarla. Asimismo, la Seguridad Social explica en su web que se podrán iniciar los trámites si el trabajador procede de «incapacidad temporal y haya sido dado de alta médica por agotamiento del plazo o por encontrarse en una situación constitutiva de incapacidad permanente».

Fases de la pensión de incapacidad permanente

El bufete especializado Campmany Abogados, ha explicado que lo primero que sucederá en esos casos es que el ciudadano recibirá una carta de la Seguridad Social en su domicilio. En ese momento, el trabajador podrá decidir si recoge el guante o no. En el caso de que sí, tendrá que rellenar el formulario, realizar las indicaciones o alegaciones que crea oportunas y enviar la carta de vuelta.
Una vez que la solicitud de pensión está abierta, el organismo te podrá podrá solicitar información adicional o complementaria (con un plazo de 10 días para entregar los datos que requiere). Tras esta fase, llega la convocatoria al tribunal médico, cuya misión es asegurarse de que la pensión va a una persona que realmente la merece.

Quién decide si se concede o no

El tribunal no es el que quita o pone pensiones de incapacidad permanente, solo recomienda la concesión o denegación de esa pensión a la Seguridad Social. Su opinión se tiene muy en cuenta pero no es vinculante. La responsabilidad recae en la dirección provincial, que será el que conceda o no la pensión.
En cualquier caso, el trabajador tiene que saber que la duración final del proceso es de 135 días hábiles, ya que es el tiempo máximo que tiene la Seguridad Social para decidir si la concede o no. Si se cumple ese plazo sin ninguna comunicación, la pensión se entenderá como denegada por la existencia del silencio administrativo.

Temas

Comentarios
tracking