Fundado en 1910

02 de mayo de 2024

Declaración de la Renta 2021

Declaración de la RentaGTRES

Aviso de Hacienda: estos son los gastos que pueden deducirse los jubilados en la declaración de la Renta

Las pensiones de jubilación de la Seguridad Social son reconocidas como rendimientos de trabajo, un factor que provoca una retención del IRPF como cotización

Hace unos meses, aquellos que cobran una pensión contributiva de la Seguridad Social tuvieron que hacer frente a sus obligaciones tributarias en la campaña de la Renta. Debido a este motivo, surgió la pregunta sobre qué gastos pueden deducirse los jubilados en la declaración y, Hacienda, les ha respondido lanzando un aviso para evitar posibles multas en el futuro.
El pasado 11 de abril de 2023, los pensionistas y jubilados presentaron el borrador con el que hacían frente al Impuesto sobre las Rentas de las Personas Físicas (IRPF), tuvieron de plazo hasta el 30 de junio para poder realizarlo. Una de sus principales confusiones, que surgen habitualmente durante estos meses, es la diferencia entre gravar y deducir.
El primer concepto hace referencia a la cantidad de dinero sobre la que se calcula el porcentaje de impuestos a pagar, mientras que deducir está relacionado con las leyes por las que es posible tener descuentos. Pero, ¿cuáles son realmente los gastos deducibles para los jubilados?

Los gastos que se pueden deducir los jubilados

Tal y como han explicado desde la Agencia Tributaria, las pensiones de jubilación de la Seguridad Social, (sin contar las no contributivas de jubilación del Imserso) son reconocidas como rendimientos de trabajo, un factor que provoca una retención del IRPF a modo de cotización.
Los tipos mínimos son del 1% para aquellas pensiones que no alcancen los 12.000 euros anuales y asciende gradualmente hasta el 15,59% para los que superen los 30.000 euros anuales de pensión máxima. Asimismo, los tres gastos deducibles para las pensiones de jubilación son:
  • Planes de pensiones. Desde el pasado año, los planes de pensiones individuales bajaron a una aportación máxima de 1.500 euros, mientas que los de empleo continuaron en los 8.500 euros.
  • Compra de una vivienda. La Agencia Tributaria ofrece la posibilidad de que los pensionistas compren una vivienda y puedan deducirla en el borrador de la Renta. Eso sí, el requisito es que debe ser comprada antes de enero de 2013 (la deducción llega hasta el 15%).
  • Cuotas a sindicatos. Esta opción quedó vigente en 2021 tras un informe de la Dirección General de Tributos.
Comentarios
tracking