Herencias
Estos son los motivos para desheredar a alguien en España, y no es fácil
Fernández Tapias se acogió al «maltrato de obra» que aparece recogido en el Código Civil
causas para desheredar
- A un condenado por sentencia firme por haber atentado contra la vida, o a pena grave por haber causado lesiones o por haber ejercido habitualmente violencia física o psíquica en el ámbito familiar al causante, su cónyuge, persona a la que esté unida por análoga relación de afectividad o alguno de sus descendientes o ascendientes.
- A un condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad e indemnidad sexual.
- Al causante de un delito para el que la ley señala pena grave, si es condenado por denuncia falsa.
- Si con amenaza, fraude o violencia, obligare al testador a hacer testamento o a cambiarlo.
- El que por iguales medios impidiere a otro hacer testamento, o revocar el que tuviese hecho, o suplantare, ocultare o alterare otro posterior.
- Haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.
- Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra.
- Perdido la patria potestad.
- Negado los alimentos a sus hijos o descendientes sin motivo legítimo.
- Haber atentado uno de los padres contra la vida del otro, si no hubiere habido entre ellos reconciliación.
- Por incumplir grave o reiteradamente los deberes conyugales.
- Las que dan lugar a la pérdida de la patria potestad.
- Haber negado alimentos a los hijos o al otro cónyuge.
- Al atentar contra la vida del cónyuge testador, si no hubiere mediado reconciliación
Causa de desheredación
cómo hay que desheredar
- La desheredación sólo podrá hacerse en testamento.
- Ha de expresarse la causa legal en el propio testamento.
- Forma nominal y expresa. Debe hacerse designando al legitimario a quien se refiere, claramente y sin dudas, del mismo modo que la institución de heredero.
- Ha de ser total. La mayor parte de la doctrina, ha mantenido la imposibilidad de una desheredación parcial.