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08 de mayo de 2024

Una pareja de pensionistas caminan por las cercanías de su municipio

Una pareja de pensionistas caminan por las cercanías de su municipioGTRES

Pensiones

Estos jubilados pueden reclamar a Hacienda la devolución del IRPF por las mutualidades

Hacienda no regresará ese dinero de oficio por ella misma, por lo que son los propios afectados quienes tienen que realizar el trámite

El Tribunal Supremo dictaminó una nueva sentencia que ha creado jurisprudencia y pone a Hacienda y a la Agencia Tributaria en el punto de mira. La razón de ello, se debe a unas retenciones de IRPF que se realizaron indebidamente, afectando a miles de trabajadores en el pasado. Por todo ello, ahora muchos pensionistas que están jubilados quieren saber si tienen derecho a reclamar la devolución de este impuesto o no.
En esta sentencia del mes de marzo de 2023, se asegura que el Fisco tiene la obligación de devolver hasta 4.000 euros a esos contribuyentes por abonar de más a las mutualidades antiguas en el periodo de 1967 y 1978. En concreto, tributaron por el 100% de la pensión cuando la cotización correcta era del 75%.
Los años que todavía no han prescrito son los que van desde 2008 a 2011, por lo que aún puede exigirse a la administración pública tributaria ese dinero. Por otro lado, se debe tener en cuenta que muchos de los jubilados ya han fallecido, por lo que los herederos pueden reclamar también ese dinero si no han pasado más de cuatro años desde el hecho causante.

¿Cómo se puede reclamar ese dinero?

Hacienda no regresará ese dinero de oficio por ella misma, por lo que son los propios afectados quienes tienen que realizar el trámite y solicitar la devolución. En primer lugar, hay que hacer una solicitud de rectificación desde la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Una vez completado ese paso, será necesario pulsar en la opción 'Aportar la documentación complementaria' y añadir las modificaciones por los años que estuvieron afectados y se les retuvo de más. Además, tal y como señalan desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), es necesario calcular qué porcentaje de ingresos pertenecen a los años en los que se cotizó a las mutualidades antiguas y al resultado restarle un 25% de esos ingresos.
Finalmente, desde la organización sindical apuntan que es recomendable aportar una copia de las retenciones del IRPF de los últimos cuatro años, ya que el periodo para poder enviar las reclamaciones finaliza este 2024, concretamente en el mes de junio.

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