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17 de mayo de 2024

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Los coeficientes reductores también dependen del tipo de actividad

Jubilación

Los trabajadores de estas profesiones se pueden beneficiar de la jubilación anticipada a partir de los 52 años

La Seguridad Social recoge varios grupos profesionales que pueden acceder a esta jubilación anticipada entre los 52 y los 60 años

Actualmente, la edad de jubilación ordinaria está situada en España en 66 años y seis meses en 2024. Sin embargo, aunque aquellos que tengan una carrera profesional larga de 38 años o más pueden hacerlo a los 65 años, también existen otros condicionantes que son relevantes a la hora de adelantar la jubilación de estos trabajadores.
En este sentido, la Seguridad Social prevé jubilaciones anticipadas o rebajadas en «aquellos grupos o actividades profesionales, cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad».
Debido a este motivo, aquellos trabajadores que pertenezcan a este tipo de profesiones podrán jubilarse de manera anticipada, aunque nunca antes de los 52 años. En concreto, se aplican coeficientes reductores, lo que provoca que a más años de actividad mayor coeficiente reductor, por lo que pueden acceder a la jubilación a una edad menor.

¿Qué grupos profesionales están incluidos?

Por todo ello, la Seguridad Social recoge varios grupos de profesionales que pueden acceder a esta jubilación anticipada entre los 52 y los 60 años. A continuación, aparecen en la lista las profesiones de riesgo que pueden acceder a una jubilación anticipada.
  • Trabajadores incluidos en el Estatuto Minero.
  • Personal de vuelo de trabajos aéreos.
  • Trabajadores ferroviarios.
  • Artistas.
  • Profesionales taurinos.
  • Bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos.
  • Miembros del Cuerpo de la Ertzaintza.
  • Policías locales.
Aun así, no todas ellas implican necesariamente una jubilación a los 52 años, ya que en el caso de los artistas se detalla que podrían retirarse del mercado laboral a partir de los 60 años. Por otro lado, los coeficientes reductores también dependen del tipo de actividad, por lo que para el personal de vuelo de trabajos aéreos se pueden aplicar coeficientes de 0,40 en el caso de piloto y segundo piloto y del 0,30 en los demás puestos.
Concretamente, todo depende de la profesión y las condiciones a las que quede sometida. Finalmente, el Gobierno ha abierto la puerta para la inclusión de nuevas profesiones a este catálogo de trabajos de alta peligrosidad que tienen derecho a jubilaciones anticipadas.
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