Un hombre ordeña a una vaca en una imagen de archivo
Los ganaderos exigirán reclamaciones millonarias tras confirmar la AN un cártel de Pascual, Central Lechera, Lactalis y Nestlé
UU.AA. cree que la sentencia «abre una vía» para que todos los que vendieron leche entre 2000 y 2011 reclamen
La Audiencia ordena a Competencia recalcular las multas a Comercial Alimentaria Peñasanta, Danone e Industrias Lácteas Granada por periodos prescritos
La Sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha confirmado la resolución de la CNMC de julio de 2019 que consideró que ocho empresas lácteas, entre las que figuran Pascual, Danone, Lactalis o Nestlé, entre otras, y dos asociaciones formaron un cártel para intercambiar información comercial sensible para coordinar la compra de leche en España.
El presidente de Unións Agrarias, Roberto García, considera que la decisión judicial «abre una vía» para que reclamen una indemnización no solo los 5.025 ganaderos gallegos que han presentado demanda, si no «todos los que vendieron leche» durante ese periodo de tiempo.
En una rueda de prensa, Roberto García ha recordado que son más de 5.000 los ganaderos que han presentado demanda, amparados por Unións Agrarias, pero ha advertido que supone sobre un 30 % del total de afectados. «Hay un 70 % de ganaderos que aún no denunciaron», ha dicho, apuntando que esta sentencia «abre la puerta con seguridad jurídica» para que puedan «ejercer el derecho a calcular la indemnización que les corresponde».
«La sentencia abre una dinámica con mas certidumbres y menos riesgos para la totalidad de los ganaderos, no solo para los 5.025 que tienen la demanda autorizada», ha dicho Roberto García, alegando que «ya que aparece probado el delito», todos los que vendieron leche en ese periodo «pueden ejercer demanda». «Están a tiempo de reclamar daños y perjuicios», ha sentenciado.
Roberto García ha señalado que la resolución de la AN «viene a confirmar» la sanción de la Comisión Nacional de la Competencia contra ocho empresas lácteas «por pactar precios» y «repartirse a los ganaderos» con el objetivo de «manipular el mercado de la leche en España». «Solo así se explica que los ganaderos de España, siendo un país deficitario y pese a que había cuotas máximas, fuesen los que menos cobraban la leche de toda la UE».
Nueve sentencias
En total, el tribunal ha dictado nueve sentencias, una por cada mercantil recurrente, confirmando las multas de 8,5 millones de euros impuestas a Calidad Pascual; de 53.310 euros a Central Lechera Galicia; de 11,6 millones a Grupo Lactalis Iberia; de 6,8 millones a Nestlé y de 929.644 euros a Schreiber Food España, según consta en los diferentes fallos de la Audiencia Nacional.
Respecto a estas sanciones, la Sala ha rechazado el argumento de las empresas, que habían recurrido la sentencia de Competencia, que las consideran arbitrarias, y ha considerado que «están motivadas y no resultan desproporcionadas», porque están por debajo de la media del tipo sancionador máximo, con un porcentaje que se ajusta a las circunstancias particulares de los intervinientes.
No obstante, el tribunal ha estimado parcialmente el recurso presentado por Comercial Alimentaria Peñasanta, a la que se le había impuesto una multa de 21,8 millones de euros; Danone, con 20,2 millones de euros; Industrias Lácteas Granada (Puleva), sancionada con 10,2 millones de euros; y Asociación de Empresas Lácteas de Galicia (Aelga), tras «entender que algunos de los periodos investigados están prescritos».
Así, la Sala ha pedido a Competencia que recalcule estas multas teniendo en cuenta los periodos que se consideran prescritos para cada una de ellas, mientras que en el caso de Aelga, el Tribunal confirma que participó en el cártel, pero ha anulado la multa de 60.000 euros «por falta de motivación».
De esta forma, las sentencias confirman las sanciones por infracción «muy grave» del artículo 1 de la Ley 15/2007 y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la UE en materia de competencia cometida por las empresas investigadas entre 2000 y 2013.
El Tribunal considera acreditado la «existencia de intercambios de información sobre precios y otras condiciones comerciales» entre empresas competidoras del sector lácteo, así como contactos sobre precios y otras condiciones comerciales por parte de estas empresas, que tienen un papel relevante en el sector lácteo, a través de las dos asociaciones investigadas, las más representativas del sector.
También ve acreditado los contactos sobre ganaderos con el objetivo de informar o acordar estrategias, así como los intercambios de información sobre excedentes de leche para la gestión de los mismos.
Según la Sala, la prueba analizada pone de manifiesto que a lo largo del periodo infractor, las empresas con el intercambio de información redujeron el nivel de incertidumbre entre ellas, con la consiguiente disminución de la competencia y del poder de negociación de los ganaderos para controlar el mercado de aprovisionamiento de leche cruda de vaca, que según recoge el fallo, «configura la infracción única y continuada», al margen de que no todas las empresas hayan participado en todas las conductas.
La Audiencia, tras analizar las actuaciones atribuidas a cada una de las empresas, considera acreditado un cártel configurado como una «infracción única y continuada» que englobaría prácticas de intercambio de información comercial sensible que podrían haberse materializado en determinados momentos en acuerdos de fijación de precios y reparto de mercado.