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09 de mayo de 2024

El pacto de rentas no solucionará la brecha salarial de las jubilaciones y los sueldos

Los casos que enumera son, concretamente, diez

Jubilados

Estas son las profesiones que permiten una jubilación anticipada a los 60 años

Los trabajadores de estas profesiones pueden acceder a una jubilación anticipada a partir de los 60 años y cobrando la totalidad de la pensión

La jubilación es la etapa que se inicia al finalizar la vida laboral de una persona, por lo que si se ha cotizado lo suficiente, se tendrá derecho a cobrar una pensión vitalicia. Es un momento muy esperado por cualquier trabajador, ya que le permite descansar y disfrutar plenamente de la vida.
En la actualidad, la edad para poder hacerlo es nada más cumplir los 66 años y 6 meses, si se ha cotizado menos de 38 años, y en 65 años —si cuenta con 38 años o más cotizados—. Además, existen algunas profesiones que pueden acceder a una jubilación anticipada a partir de los 60 años y cobrando la totalidad de la pensión.
Concretamente, la Seguridad Social ha señalado que los trabajadores «cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad», pueden jubilarse de forma anticipada. Por ello, son diez los trabajos que debido a su riesgo tienen esta jubilación asegurada.

Profesiones con jubilación anticipada

Asimismo, aunque los trabajadores que se encuentran en estas profesiones pueden ver adelantada su jubilación, la normativa también establece que la «aplicación de los coeficientes reductores no puede dar lugar a que el interesado acceda a la pensión de jubilación con edad inferior a 52 años».

requisitos por profesión

  • Trabajadores incluidos en el Estatuto Minero.
  • Personal de vuelo de trabajos aéreos: En esta categoría se hallan los tripulantes técnicos de vuelo, incluidos en la Ordenanza Laboral para el personal de las compañías de trabajos aéreos.
  • Trabajadores ferroviarios: la edad mínima exigida en cada momento se reducirá en un tiempo igual al número de años que resulte de aplicar el coeficiente que corresponda.
  • Artistas: Los cantantes, bailarines y trapecistas podrán jubilarse anticipadamente, a partir de los 60 años, sin necesidad de aplicar coeficientes reductores.
  • Profesionales taurinos: Los matadores de toros, rejoneadores, novilleros, banderilleros, picadores y toreros cómicos podrán jubilarse a los 55 años, mientras que los puntilleros podrán hacerlo a partir de los 60 años.
  • Bomberos: Para calcular su edad anticipada de jubilación se aplicará el coeficiente reductor del 0,20 y, en ningún caso, podrá ser inferior a los 60 años o a los 59.
  • Ertzaintza y Mossos d'Esquadra: En ningún caso la edad podrá ser inferior a los 60 años o a la de 59 años, siempre y cuando se acrediten 35 años o más de actividad efectiva.
  • Policías locales: La edad de jubilación se reducirá en un período equivalente al que resulte de aplicar el coeficiente reductor del 0,20 a los años trabajados.
  • Policía foral de Navarra: Se aplicará el coeficiente reductor del 0,20 a los años trabajados como policía foral de Navarra para reducir la edad de acceso a la pensión de jubilación, que en ningún caso podrá ser inferior a los 60 años.
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