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Jaap Arriens

La CNMC impone una multa histórica a Booking por posicionar mejor a los hoteles con más reservas en su plataforma

La sanción alcanza los 413 millones de euros en concepto de abuso de la posición de dominio

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado a Booking con 413,24 millones de euros por abusar de sus posición de dominio e infringir los artículos 2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

«La compañía ha cometido dos abusos de sus posición de dominio desde, al menos, el 1 de enero de 2019 hasta la actualidad al imponer varias condiciones comerciales no equitativas a los hoteles situados en España que emplean sus servicios de intermediación de reservas y restringir la competencia de otras agencias de viajes en línea que ofrecen sus mismos servicios», ha asegurado competencia a través de un comunicado.

En 2021, la Asociación Española de Directores de Hotel y la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid denunciaron a la compañía por abusar de su posición de dominio. En octubre de 2022, la CNMC inició un expediente sancionador, cuya instrucción acredita que Booking.com impuso varias condiciones comerciales no equitativas a los hoteles situados en España y restringió la competencia que pueden ejercer otras agencias de viajes online competidoras.

Las condiciones comerciales no equitativas impiden a los hoteles ofertar precios más baratos de sus habitaciones en sus propias webs, mientras que Booking.com sí se reserva la posibilidad de rebajar el precio de la habitación que el hotel publica en Booking.com. En caso de conflicto sobre las Cláusulas Generales de Contratación (GDT), no pueden acudir a los tribunales españoles y deben emplear el Derecho de los Países Bajos, lo que les genera costes de litigación inequitativos.

La falta de transparencia les impide tomar decisiones informadas sobre la suscripción o no a los programas Preferente, Preferente Plus y Genius, muy relevantes para los hoteles situados en España.

El empleo total de reservas del hotel en Booking, como criterio de posicionamiento en la clasificación predeterminada de resultados de Booking.com, y el de un requisito de rendimiento —rentabilidad que supone cada hotel para Booking— para acceder o permanecer en Preferente y Preferente Plus, restringen la competencia de otras agencias de viajes en línea y redunda en que los hoteles no puedan acceder a mejores condiciones comerciales en la prestación de servicios de intermediación de reservas online.

Así, la multa se divide en dos infracciones de 206,6 millones de euros cada una. En primer lugar, por la imposición de una serie de condiciones comerciales no equitativas a los hoteles situados en España.

Además, Competencia le impone varias obligaciones de comportamiento para garantizar que ni las conductas que dieron lugar a las infracciones, ni otras que puedan producir un efecto equivalente, prosigan en el futuro.

Contra esta resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

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