Varias personas en la entrada de una oficina del SEPE
Los casos en los que puedes cobrar el paro tras renunciar a tu puesto de trabajo
Cuando un trabajador decide abandonar su puesto de trabajo, por norma general, no tiene derecho a cobrar el paro, aunque existen algunas excepciones
En la actualidad, muchas personas se preguntan si pueden cobrar el paro tras una baja voluntaria. De hecho, aunque la respuesta general del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es que no, dado que «si eres tú quien renuncia a tu puesto de trabajo no tienes derecho al paro», existen algunas excepciones en las que tras dejar tu trabajo pases a cobrar el subsidio por desempleo.
Antes de tomar esta decisión, es muy importante conocer de primera mano todas las consecuencias económicas que conlleva este movimiento. En el momento en el que se renuncia a un empleo, el trabajador estará privado de ciertos derechos.
«Para poder cobrar una prestación por desempleo es necesario que la baja en el trabajo no se haya producido de forma voluntaria, pues el sistema de protección por desempleo protege a las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar pero carecen de empleo», aclara el SEPE.
De igual manera, si después de una baja voluntaria encuentras un nuevo empleo pero no superas el periodo de prueba por decisión del empleador, y esto ocurre dentro de los tres meses posteriores a tu baja laboral, no tendrás derecho a cobrar la prestación por desempleo.
Excepciones
No obstante, existen algunas excepciones en las que, tras dejar tu trabajo, puedes acceder al subsidio por desempleo. Para ello, deberías encontrar un nuevo empleo y no haber superado el periodo de prueba de 15 días, siempre y cuando hayan transcurrido más de tres meses desde la renuncia. Si la renuncia se produjo en los últimos tres meses, no tendrás derecho a la prestación por desempleo.
otras excepciones
Según el SEPE, se realiza un estudio y un análisis muy detallado de cada caso para determinar si existen indicios de fraude de ley en la última contratación, ya que podría haberse acordado con el trabajador su despido tras el periodo de prueba mencionado anteriormente.
En términos generales, el sistema de protección por desempleo está diseñado para amparar a las personas que han perdido su empleo por «causas ajenas a su voluntad». Según la normativa, el acceso al paro está reservado para quienes han sido despedidos, han finalizado un contrato temporal o han sido afectados por un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), entre otras causas involuntarias.