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En estos casos conviene presentar la documentación a Hacienda

Hacienda lanza una nueva ayuda para quienes convivan con mayores de 65 años

Este beneficio fiscal se aplica por cada ascendiente que cumpla con ese requisito de edad y conviva con el contribuyente

La Agencia Tributaria aplicará una deducción de 1.150 euros en la declaración de la Renta a las unidades familiares que convivan con una persona mayor de 65 años. De hecho, este beneficio fiscal se aplica por cada ascendiente que cumpla con ese requisito de edad y conviva con el contribuyente.

La medida, equiparable a la que ya se aplica a personas con una discapacidad igual o superior al 33 %, tiene como objetivo aliviar la carga económica de las familias que asumen el cuidado de sus seres queridos. Todo ello en un contexto de envejecimiento poblacional que exige una mayor atención y más recursos asistenciales.

Al mismo tiempo, si el conviviente tiene 75 años o más, la cantidad a desgravar en la declaración de la Renta se amplía hasta los 2.550 euros. No obstante, este no es el único requisito para beneficiarse de esta deducción, ya que además de la edad o la discapacidad mencionadas, existen otros criterios que también deben cumplirse.

Requisitos para acceder

El contribuyente debe haber convivido con el ascendiente durante, al menos, la mitad del periodo impositivo. A su vez, el ascendiente no debe tener rentas superiores a 8.000 euros anuales —excluyendo en este caso las rentas exentas de tributación— y no puede haber presentado una declaración del IRPF con un resultado a ingresar superior a 1.800 euros.

Por último, aunque en función de los ingresos anuales el contribuyente podría no estar obligado a presentar la declaración de la Renta, en estos casos resulta recomendable presentarla igualmente, ya que es la única forma de aplicar esta deducción y beneficiarse del ahorro fiscal correspondiente.

Presentar la declaración, incluso sin estar obligado, no solo permite acceder a deducciones como esta, sino que también puede suponer la devolución de cantidades retenidas en exceso durante el año. Por tanto, conviene revisar cada caso con atención y, en caso de duda, consultar con un profesional o utilizar los servicios de ayuda de la Agencia Tributaria para no dejar pasar oportunidades de ahorro.

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