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Una trabajadora de la Agencia Tributaria.

Una trabajadora de la Agencia Tributaria.EP

Contratar detectives para perseguir funcionarios de baja: «La rentabilidad está garantizada»

El Ayuntamiento de Fuengirola ha sido el último en buscar los servicios de una agencia por el «elevado absentismo» de su plantilla

España vive una epidemia de bajas laborales. Desde 2018 hasta 2024, el coste económico directo de las bajas laborales ha pasado de 7.485 millones de euros a 16.487 millones, según datos del Ministerio de Seguridad Social. Otros organismos, como el Ivie, calculan que la incapacidad temporal tiene un coste estimado de 81.000 millones de euros al año en términos de PIB.

De ahí que algunos ayuntamientos, como el de Alcorcón el año pasado o el de Fuengirola, en Málaga, este año, hayan decidido contratar agencias de detectives para vigilar a funcionarios y personal laboral a su cargo.

El motivo del contrato es «el elevado absentismo laboral que presentan determinados servicios municipales, muy por encima de la tasa media del país», señala el documento que se puede consultar en la Plataforma de Contratación del Estado, según adelantó el diario El País. En el caso del Ayuntamiento malagueño, el absentismo ronda el 10 % en algunos servicios, lo que ha motivado la búsqueda de una solución.

La contratación de detectives es cada vez más habitual en el caso de las empresas privadas, pero menos frecuente en las Administraciones públicas. Sin embargo, según detallan desde el portal especializado Lefevre, la Ley de Contratos del Sector Público las habilita si entienden que la contratación de detectives «es necesaria para el cumplimiento y realización de los fines institucionales».

En esta línea, una sentencia del TSJ de Madrid de noviembre de 2010 recoge que «la licitud de la prueba de detectives en el marco laboral aparece expresamente reconocida por el Supremo en su Sentencia de 19 de julio de 1989. Y esta Sala (...) ya resolvió (...) que el informe del detective privado no resulta incardinable en ninguno de los supuestos de hecho admitidos excepcionalmente como intromisiones legítimas en estos derechos fundamentales (...), ya que, el testimonio de detectives contratados para controlar la actividad desarrollada por un trabajador no es, en principio, y salvo que se valiera de métodos no legítimos para obtener la información, medio de prueba que vulnere el derecho a la intimidad de las personas».

«Está claro que éste es un servicio cuya solicitud es plenamente legal y amparado en la Ley de Seguridad Privada5/2014», defienden desde Abril Detectives. Para esta agencia «queda claro que los ayuntamientos y en general las entidades públicas están legitimados para contratar detectives privados para investigar este tipo de comportamientos incívicos y otros que puedan surgir».

En esta línea añaden que «la rentabilidad en este caso concreto está garantizada, ya que los posibles infractores, sabiendo que pueden ser descubiertos y por lo tanto sancionados, se lo pensarán dos veces y seguramente cesarán en su actitud incívica. Con la contratación de este tipo de servicios por parte de los municipios se garantiza un descenso (en un porcentaje muy alto) en las actitudes incívicas con lo que al final salen beneficiados los ciudadanos y la sociedad en general», afirman desde Abril Detectives.

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