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El ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo

El ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos CuerpoEuropa Press

El Gobierno aprueba topar por ley los intereses de los créditos al consumo

Hasta la entrada en vigor del Real Decreto que fije estos tramos, el Anteproyecto de Ley establece un límite máximo transitorio del 22 %

El Gobierno ha aprobado el Anteproyecto de Ley con el que se limitará los intereses de los créditos al consumo. Así lo ha anunciado el Ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros celebrado este miércoles. Con él se regularán los créditos al consumo, entre los que se encuentran los micro créditos, las tarjetas revolving o los préstamos rápidos que se conceden en plataformas digitales.

La medida, que busca aumentar la protección financiera de las familias, es una transposición de las Directivas europeas sobre créditos al consumo y servicios financieros a distancia. Otros países tienen ya implementadas medidas de limitación de costes similares.

Para ello, el Gobierno topará los costes, y la TAE (tasa anual equivalente), el indicador que recoge el precio final, de esos créditos no podrá superar un determinado nivel de tipos de interés. Para calcularlo se tendrá en cuenta el tipo de interés medio del crédito al consumo que publica trimestralmente el Banco de España y se le añadirá un margen que se establecerá por tramos y que será de hasta un 15 %.

Márgenes previstos en el anteproyecto de ley:

  • Para importes iguales o inferiores a 1.500 euros, un 15 % de margen.
  • Para importes superiores a 1.500 e inferiores a 6.000 euros, un 10 % de margen.
  • Para importes superiores a 6.000 euros, con plazo de vencimiento inferior a 8 años, un 8 % de margen.
  • Para importes superiores a 6.000 euros, con plazo de vencimiento superior a 8 años, un 6 % de margen.

Hasta la entrada en vigor del Real Decreto que fije estos tramos, el Anteproyecto de Ley establece un límite máximo transitorio del 22 %, aplicable a las nuevas operaciones formalizadas tras su entrada en vigor. Además, este límite será aplicable también a la liquidación de las operaciones de tarjetas revolving ya existentes.

Límites a los microcréditos

El Gobierno también regulará los microcréditos, que son créditos de alto coste. En este caso, el Anteproyecto obliga a reembolsarlos en un plazo mínimo de tres cuotas mensuales. Además, se limita el tipo de interés mensual al 4 %, con una comisión máxima del 5 % sujeta a un máximo de 30 euros.

A su vez, el coste máximo de estos créditos no podrá ser superior al de un crédito a 12 meses por el mismo importe bajo el régimen general. Así, a modo de ejemplo, Cuerpo ha dicho que un microcrédito de 300 euros y un plazo de 30 días el coste para un consumidor asciende hoy a 103 euros, pero tras la entrada en vigor de la normativa el coste máximo será de 40 euros, si se paga en el plazo de tres meses, o de 20 euros si se reembolsa a los 30 días.

Por otro lado, habrá mayores obligaciones de conducta a los prestamistas de alto coste. En la publicidad se establece la prohibición de destacar la facilidad o rapidez con la que se puede obtener un crédito de alto coste sobre el resto de sus características esenciales, tales como tipología y coste total del crédito.

Supervisión del Banco de España

Solo podrán conceder préstamos al consumo las entidades registradas y supervisadas por el Banco de España. Para aumentar la concurrencia y dar entrada a operadores no regulados se crean dos nuevas figuras: los Establecimientos Financieros de Crédito de Ámbito Limitado y los prestamistas de alto coste autorizados.

El Anteproyecto de Ley se somete desde este miércoles, 7 de enero, a Audiencia Pública para que cualquier agente interesado presente alegaciones hasta el 30 de enero.

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