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Vivienda en alquilerGetty Images

Cómo conseguir uno de los 170 pisos públicos que ofrece Casa 47, la nueva empresa estatal de vivienda

Esta nueva entidad lanzará de forma trimestral convocatorias «masivas» de vivienda distribuidas por todo el territorio español mediante un portal web

El Gobierno dio luz verde hace apenas un mes a Casa 47, la nueva empresa estatal de vivienda, que nace de la reconversión de la Entidad Pública Estatal del Suelo (Sepes). Esta nueva entidad lanzará de forma trimestral convocatorias «masivas» de vivienda distribuidas por todo el territorio español mediante un portal web.

Estos alquileres podrán tener una duración de hasta 75 años. Pero si se lee la letra pequeña, se establece que el primer contrato será de 14 años, y después se harán prórrogas automáticas cada siete años, siempre y cuando se mantengan la mayor parte de los requisitos de acceso.

Hasta el momento Casa 47 ha lanzado dos convocatorias piloto con 171 viviendas en régimen de alquiler asequible, que están ubicadas en Vigo (67), municipios afectados por la dana en Valencia (67) y en la localidad asturiana de Mieres (37). La renta media mensual que tendrán que pagar los futuros inquilinos será de 485,42 euros en Valencia, 662,84 euros en Vigo y 412,89 en Asturias.

¿Cuáles son los requisitos?

Podrán optar a una de estas viviendas una persona o conjunto de personas que formen parte de la misma unidad de convivencia. En el caso de Asturias tendrán prioridad los núcleos familiares como los formados por cónyuges o parejas, hijos y parientes cercanos.

Todos los miembros de la unidad de convivencia deben estar al corriente de pago con la Seguridad Social y de sus obligaciones tributarias.

De manera habitual, los candidatos tienen que contar con unos ingresos que se encuentren entre el 2 y el 7,5 el IPREM, que es entre 1.200 y 4.500 euros mensuales, o lo que es lo mismo, entre 16.800 y 63.000 euros anuales. Aunque en el caso de Mieres, la suma de estos ingresos debe estar entre 2 y 4,5 veces el IPREM, es decir, entre 16.800 euros y 37.800 euros anuales.

Para obtener estos ingresos se tiene en cuenta la declaración de la Renta del año anterior a la solicitud. En el caso de aquellas personas que no la hayan presentado –porque sus ingresos no lo exigen– podrán consultar la información solicitando un ‘Certificado Negativo de IRPF’ a la Agencia Tributaria.

¿Es necesario estar empadronado allí?

No es necesario estar empadronado en ninguna localización concreta. Por lo que se pueden solicitar viviendas que estén en otra localidad o, incluso, provincia. Sin embargo, el inmueble deberá ser el domicilio habitual una vez que se firme el contrato.

¿Cómo presentar las solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 20 de febrero de 2026, y se tiene que realizar a través de las Sede Electrónica del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.

Los inquilinos se seleccionarán a través de un sorteo y el Mivau establecerá el orden en el que se puede elegir vivienda.