Varias personas esperan en una oficina de la Agencia Tributaria.
Cuánto tiene que pagar Hacienda en intereses de demora si todavía no ha devuelto la Renta
La Agencia Tributaria mantiene 388.207 devoluciones pendientes
La Agencia Tributaria aún mantiene pendientes de pago cerca de 400.000 devoluciones de la Renta correspondiente a 2024. A partir del 1 de enero, si el retraso no es imputable al contribuyente, Hacienda debe añadir un interés de demora sobre la cantidad pendiente.
Según datos de la propia Agencia Tributaria, un total de 388.207 contribuyentes siguen sin recibir la devolución del IRPF correspondiente a 2024, pese a que Hacienda da por ejecutado el grueso de los pagos.
Esta espera se debe, según TaxDown, a que la declaración ha entrado en un circuito de comprobaciones. La devolución puede retrasarse por cruces de datos con terceros, inconsistencias entre lo declarado y la información que ya maneja la Administración o revisiones de determinadas partidas.
En el caso de los autónomos, Hacienda acostumbra a revisar con mayor detalle determinados expedientes por el tipo de rendimientos y gastos declarados. La Agencia puede solicitar aclaraciones, requerir documentación o analizar con más lupa si los gastos deducidos no se corresponden con la actividad profesional o si detecta discrepancias con la información remitida por bancos, clientes o proveedores.
«Aunque no es habitual que Hacienda se retrase, a veces ocurre», explica Aitor Fernández, experto fiscal de TaxDown. «De hecho, la propia ley del IRPF prevé esta demora en su artículo 103, donde se establece que el ingreso se realizará dentro de los seis meses siguientes al término del plazo establecido para la presentación de la declaración. Es decir, el 1 de enero de 2026. Y en el caso de que la declaración se haya presentado fuera de plazo, esos seis meses se computan desde la fecha de presentación», añade.
¿De cuánto estamos hablando? El interés de demora tributario aplicable es del 4,0625 %, que se calcula de forma proporcional al tiempo transcurrido desde que expiró el plazo hasta que se ordena el pago. Es decir, cuantos más días de retraso, mayor será la compensación, aunque la cifra final depende del importe concreto de cada devolución.
Por ejemplo, si un contribuyente tiene pendiente una devolución de 1.000 euros y Hacienda tarda 30 días adicionales desde el 1 de enero, el interés aproximado sería de 3,34 euros [1.000 x 0,040625 x (30/365)]. Si el retraso se prolongara a 90 días, este interés subiría a unos 10 euros.
Consulta
Para saber si la devolución está en trámite o en revisión, el contribuyente puede consultar el estado del expediente en la web de la Agencia Tributaria, dentro del apartado Renta 2024, accediendo con certificado digital, Cl@ve PIN o número de referencia. Entre los mensajes más habituales figuran «Su declaración se está tramitando», «Su declaración está siendo comprobada» o «Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria».
En cualquier caso, si corresponde el pago de intereses, el contribuyente recibirá una notificación de Hacienda con el cálculo aplicado en su devolución.