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Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2022, en la Administración de Hacienda de Montalbán, a 1 de junio de 2023, en Madrid (España). Desde hoy la Agencia Tributaria asiste a los ciudadanos en sus oficinas para la confección y presentación de los documentos. El plazo de presentación de declaraciones finaliza el 30 de junio y las solicitudes de cita previa, tanto para la atención telefónica como presencial, finaliza el 29 de junio. En total, la Agencia Tributaria prevé ingresar 16.448 millones de euros, un 5,6% más respecto al ejercicio anterior, mientras que el importe a devolver caerá un 2,4%, hasta los 9.946 millones.
01 JUNIO 2023;RENTA;DECLARACIÓN RENTA;RENTA 2022;HACIENDA;IMPUESTOS;AGENCIA TRIBUTARIA;
Carlos Luján / Europa Press
01/6/2023

Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaraciónCarlos Lujan

Declaración de la Renta 2025-2026

Estas son las ayudas que los mayores de 65 años no deben incluir en la declaración de la Renta

Conocer estas excepciones es fundamental para no pagar impuestos de más y para evitar errores en el borrador que puedan retrasar una posible devolución

Al realizar la declaración de la Renta, muchos contribuyentes mayores de 65 años cometen el error de declarar ingresos que, por ley, están exentos de tributar. Conocer estas excepciones es fundamental para no pagar impuestos de más y para evitar errores en el borrador que puedan retrasar una posible devolución.

En este sentido, la exención por la venta de la vivienda habitual es una de las ventajas fiscales más potentes para este colectivo. Si una persona mayor de 65 años vende su vivienda habitual, las ganancias patrimoniales obtenidas están totalmente exentas de tributar en el IRPF.

No importa si el dinero se reinvierte en otra casa o si se utiliza para cualquier otro fin. El único requisito es que la propiedad haya sido su residencia habitual durante al menos los dos años anteriores a la venta.

En el caso de vender otros bienes que no sean la vivienda habitual, como una segunda residencia, acciones o fondos de inversión, también existe un beneficio importante. La ganancia no tributará siempre que el importe total obtenido se destine a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor.

Para acogerse a esta exención, el límite máximo de reinversión es de 240.000 euros y el plazo para constituir la renta es de seis meses desde la venta del activo.

Ayudas públicas y prestaciones por dependencia

Existen determinadas ayudas asistenciales que no deben incluirse en la declaración. Las prestaciones económicas del sistema para la autonomía y atención a la dependencia están exentas, siempre que se perciban de instituciones públicas.

Del mismo modo, las ayudas concedidas a las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65 % para financiar su estancia en residencias o centros de día tampoco tributan, al considerarse rentas destinadas a cubrir necesidades básicas de salud y cuidado.

El rescate en forma de capital

Aunque el rescate de un plan de pensiones suele tributar como rendimiento del trabajo, existe una reducción del 40 % para las aportaciones realizadas antes del 31 de diciembre de 2006, siempre que se rescaten en forma de capital.

Si el contribuyente se jubiló en 2024 o 2025, todavía se encuentra dentro del plazo legal para aplicar esta reducción y evitar que una parte importante de su ahorro se pierda en impuestos.

Indemnizaciones y ayudas por despidos

En casos de personas que se han jubilado recientemente tras un proceso de despido o cese, las indemnizaciones por despido o cese del trabajador están exentas de IRPF hasta el límite legal establecido en el Estatuto de los Trabajadores, con un tope general de 180.000 euros.

Es vital revisar que estos importes no figuren como rendimientos del trabajo en el borrador, ya que a menudo la Agencia Tributaria los incluye por defecto si la empresa no ha comunicado correctamente la naturaleza del pago.

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