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Cartel de Se AlquilaGetty Images/MarioGuti

¿Qué ocurrirá ahora con los alquileres? Lo que deben saber inquilinos y propietarios tras la caída del decreto

Se abre un limbo jurídico con efectos inmediatos sobre los contratos que finalizaban hasta el 31 de diciembre de 2027

Como era de esperar, el Congreso ha tumbado el decreto ley que congelaba durante dos años los contratos de alquiler que finalizaban entre el 21 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027.

Ahora se abre un limbo jurídico con efectos inmediatos sobre propietarios e inquilinos, porque, impulsados por Sumar, junto a otros socios clave, como el diputado de ERC, Gabriel Rufián, el Sindicato de Inquilinas o Facua-Consumidores, son muchos los que han solicitado la prórroga, aunque el contrato finalizase muchos meses después de su votación en el Congreso.

Si se tienen en cuenta los datos aportados por el Ministerio de Derechos Sociales y Consumo, más de un millón de contratos –que involucran a 2,7 millones de inquilino– vencían entre este año y el próximo. Por lo que sumando a ese número de inquilinos, los miles de propietarios, se podría estimar que los afectados son más de tres millones de personas.

–Mi contrato vence después de que decaiga el decreto. ¿Podría acogerme igual?

–Si el propietario ha aceptado ya la prórroga, las condiciones se mantendrán durante dos años adicionales de forma irreversible. Pero en el caso de aquellos que caseros que todavía no han contestado al burofax mandado por los inquilinos, se abre un limbo legal, porque «es una normativa sin una técnica jurídica correcta, lo que da lugar a muchas interpretaciones y, por tanto, a conflicto entre las partes y litigiosidad», asegura Arantxa Goenaga Llorca, abogada especializada en derecho inmobiliario y socia de AF Legis.

De hecho, la propia ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, preguntada en una entrevista en RNE sobre qué pasará con aquellos inquilinos que hubieran solicitado la prórroga de su contrato de alquiler antes de que decaiga el decreto, ha reconocido que se abriría un «escenario jurídico inexplorado» al haber desplegado todos sus efectos legales desde que entró en vigor hace algo más de un mes y después de decaer.

–¿Qué pasa si mi casero no acepta la prórroga ahora que ha decaído?

–Según muchos expertos en derecho inmobiliario, «los contratos que se acaben más allá de la vigencia del decreto no tienen porque ser prorrogados». Pero como «la redacción jurídica no ha sido fina, se generan conflictos de interpretación», en palabras de Goenaga, se abre la puerta a una oleada de litigios.

Y es que chocan dos criterios. Por un lado, el del inquilino, que defiende que ejerció su derecho en tiempo y forma. Por otro lado, el del propietario, que niega la prórroga, basándose en que el decreto ha decaído. Por lo que la cuestión puede acabar judicializada y será un juez quien decida quien tiene la razón.

–Soy propietario, y todavía no he contestado a mi inquilino. ¿Cómo tengo que actuar ahora que no se ha aprobado la prórroga?

–Abogados como, Arantxa Goenaga, han estado aconsejando a los propietarios «esperar a ver qué pasa». Ahora que ya se conoce el resultado, Goenaga recomienda contestar a través de otro burofax «poniendo que entienden que al decaer el decreto no les aplica».

A partir de ahí, dependiendo de lo que haya interpretado el inquilino, esta situación puede acabar en los juzgados.

–Para los contratos en los que ya se ha aceptado la prórroga, ¿me pueden subir el alquiler más de un 2 % anual?

–El decreto también incluía un tope al 2 % anual en las rentas. Al decaer la normativa también se acaba este límite, por lo que los contratos en los que ya se ha aceptado la prórroga, pero la actualización de la renta es el mes que viene o, por ejemplo, en enero, este tope ya no funcionaría y se usaría el sistema que esté establecido en cada contrato, bien el IPC o bien el índice de alquileres.