Un perro y un gato
¿Qué animales se pueden tener en casa? Esto dice la nueva normativa
El reglamento que regulará el listado positivo de animales de compañía y el de especies domésticas se somete a audiencia e información pública tres años después de entrar en vigor la ley de bienestar animal
Tres años después de la entrada en vigor de la controvertida ley de bienestar animal, el desarrollo de uno de sus aspectos más relevantes comienza a avanzar. El Gobierno ha sometido a audiencia e información pública el proyecto de reglamento que regulará el llamado listado positivo de animales de compañía y el de especies domésticas. Se trata de un paso previo imprescindible para su aprobación definitiva y para concretar qué animales podrán convivir legalmente en los hogares españoles como mascotas.
Este reglamento responde a una de las principales lagunas que presentaba la ley desde su aprobación. La norma establecía la necesidad de definir con claridad qué especies silvestres podían mantenerse en cautividad con fines de compañía, pero ese desarrollo reglamentario no había llegado dentro del plazo previsto, fijado en un máximo de 24 meses. Ahora, el nuevo texto pretende ordenar este ámbito mediante criterios técnicos y científicos que aporten seguridad jurídica tanto a propietarios como a administraciones.
El proyecto de Real Decreto, impulsado por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, detalla cómo se elaborarán ambos listados y qué condiciones deberán cumplir las especies incluidas. La regulación abarcará un amplio abanico de grupos animales, desde mamíferos y aves hasta reptiles, anfibios, peces e incluso invertebrados. El objetivo es establecer una clasificación clara que determine qué animales pueden ser considerados de compañía bajo condiciones legales.
Criterios científicos y bienestar animal
Uno de los pilares del listado positivo será la exigencia de que las especies puedan adaptarse adecuadamente a la vida en cautividad. Para ello, deberá existir suficiente información científica o técnica sobre su mantenimiento, alimentación, reproducción y condiciones de alojamiento. Este enfoque busca garantizar no solo el bienestar de los animales, sino también la seguridad de las personas que conviven con ellos.
Además, el texto contempla un procedimiento detallado para incluir o excluir especies de los listados. Este proceso estará basado en evaluaciones técnicas y contará con el respaldo del Comité Científico y Técnico para la Protección y Derechos de los Animales, que será el encargado de emitir los dictámenes necesarios antes de la aprobación definitiva.
El reglamento establece también límites muy concretos. Entre las exclusiones más destacadas se encuentran los primates, que en ningún caso podrán formar parte del listado de animales de compañía. Tampoco se permitirán las especies exóticas invasoras consideradas preocupantes para la Unión Europea, en línea con la normativa comunitaria vigente desde 2014 destinada a frenar su expansión.
Asimismo, quedarán fuera aquellas especies silvestres protegidas por legislación europea o por tratados internacionales que prohíban su tenencia. También se excluirán animales que no formen parte de la fauna presente de manera natural en España, reforzando así la protección de la biodiversidad y evitando riesgos ecológicos.
Regulación de las especies domésticas
En paralelo, el proyecto aborda el listado de especies domésticas de compañía. En este caso, el criterio fundamental será que los animales incluidos procedan de procesos de domesticación. Aquellos que formen parte de este listado tendrán la consideración oficial de animales de compañía y, cuando sea obligatorio, deberán estar identificados y registrados en los sistemas autonómicos correspondientes.
El texto también aclara qué animales no podrán incluirse en esta categoría. Quedan excluidos los perros, gatos y hurones, ya reconocidos previamente como animales de compañía, así como las especies destinadas a la producción ganadera, como vacas, cerdos o aves de corral. Del mismo modo, no se admitirán animales silvestres ni ejemplares de especies salvajes mantenidos en cautividad.
La futura regulación sigue la línea de otros países europeos que ya han implantado sistemas de listado positivo para controlar la tenencia de animales. Estados como Bélgica, Países Bajos, Luxemburgo o Noruega cuentan con normativas similares, mientras que otros, como Francia o Finlandia, trabajan en desarrollos equivalentes.