Un anciano con muletas
Herencias
¿Puedo desheredar a un hijo ausente del que no sé nada?
Según el derecho español, no es posible desheredar a un hijo por el simple hecho de no tener relación con él
Aunque, por norma general, entendemos que el vínculo que existe entre un padre o una madre y sus hijos es fuerte, independientemente de las vicisitudes de la vida, hay casos en los que el distanciamiento y diversos problemas hacen que la relación paternofilial se pierda o incluso que haya una mala relación. Y aunque en el día a día esto puede influir más o menos en la vida de los implicados, cuando hablamos de herencias la cosa puede complicarse.
Algunos padres, llegado el momento de hacer el testamento, el documento legal mediante el cual una persona dispone cómo se repartirán sus bienes, derechos y obligaciones tras su fallecimiento, desean eliminar a sus hijos del mismo, para que no reciban nada. Pero esto es más difícil de lo que podría parecer.
La desheredación requiere de causas graves y probadas, como maltrato psicológico grave, abandono o injurias. La falta de trato solo habilitaría la desheredación si se demuestra un «abandono emocional» grave y continuo.
Causas por las que se puede desheredar a un hijo
Tal y como recoge la STS 865/2925, de 2 de junio, aunque el vínculo entre un padre y un hijo esté roto y no exista relación entre ellos, al hijo le seguiría correspondiendo la legítima, la porción de bienes de una herencia que la ley reserva obligatoriamente a los «herederos forzosos» (hijos, padres o cónyuge), impidiendo que el testador disponga libremente de ella.
El Código Civil establece un listado de causas que deben darse para que en un testamento se excluya a un heredero forzoso y tenga validez legal, entre ellas se encuentra el maltrato, tanto físico como psicológico. Algo que debe estar demostrado con una causa legal probada.
El Supremo fija un criterio claro que debe tenerse en cuenta al redactar un testamento con la intención de excluir a un hijo. Para que la desheredación sea válida, resulta imprescindible aportar hechos concretos y documentados, acreditar que el testador sufrió un perjuicio real y demostrar que la conducta del heredero fue injustificada y ajena a cualquier intervención del propio testador.
En caso contrario, la cláusula de desheredación podrá ser impugnada y el hijo podría recuperar su derecho a la legítima.