La empresa está obligada a compensar esta situación con respecto al calendario
Economía
El Supremo decide: Los festivos que caen en sábado deben ser compensados, aunque hay excepciones
No es lo mismo un día de descanso que uno festivo para en relación con los derechos del trabajador
Cada año nuevo, lo primero que hacen muchos trabajadores es comprobar qué días son los festivos principales a lo largo del año. En este sentido, una de las mayores preocupaciones es que estos días no laborables no caigan en sábado, puesto que en esos casos lo normal es perder el descanso. Sin embargo, esta situación ya ha cambiado.
En este sentido, el Tribunal Supremo ha puesto fin a una de las prácticas más habituales en las empresas españolas, la cual perjudicaba claramente a los empleados. Esta consistía en que cuando una festividad caía en sábado o domingo, o en otro día libre del trabajador, este terminaba perdiendo esa jornada de descanso. A partir de ahora, la empresa está obligada a compensar esta situación.
El motivo de esta decisión reside en la diferencia que hay entre un día de descanso y otro que sea festivo. El primero es para desconectar del trabajo, tanto física como mentalmente. El segundo, por su parte, tiene una naturaleza social y legal que se encuentra ligada al calendario, por lo que permitir que una festividad sea absorbida por un día libre se considera una pérdida de derechos injustificada para el empleado.
Por todo ello, las empresas estarán obligadas a conceder un día de libranza diferente cuando el día festivo y el de descanso coincidan. Al mismo tiempo, los departamentos de Recursos Humanos deberán tener presente que los festivos son retribuidos y no sustituibles, cambiando la logística y la organización en este aspecto. No obstante, existen excepciones según cómo sea el horario de cada uno.
La importancia del horario por turnos
Para los trabajadores con jornada ordinaria de lunes a viernes, y descanso fijo en sábado y domingo, la coincidencia de un festivo en sábado no genera de forma automática el derecho a compensación. No obstante, si un trabajador presta servicio en régimen de turnos, es decir, de lunes a domingo, y su día de descanso coincide con un sábado festivo, la empresa sí está obligada a compensarlo.
En el caso de que no sea posible otorgarle el día libre al trabajador, la empresa deberá pagar al empleado, abonando esas horas con un incremento mínimo del 75 %, según se explica en la legislación vigente. Gracias a esta decisión, los empleados verán como sus derechos son más respaldados, al mismo tiempo que disfrutan de más días libres.