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Un hombre trabajando en un día de intenso calor

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Economía

Condiciones de calor extremo en el trabajo: esta es la temperatura límite que marca la ley en España

Las normativas actuales establecen que la seguridad y la salud deben prevalecer sobre cualquier otra consideración si el calor representa un peligro real

La llegada del verano traerá consigo unas temperaturas muy elevadas en prácticamente toda España. Aquellos que puedan realizar su profesión laboral bajo el aire acondicionado tendrán la suerte de esquivarlas, pero otros no serán tan afortunados. A pesar de todo, las normativas actuales establecen que la seguridad y la salud deben prevalecer sobre cualquier otra consideración si el calor representa un peligro real en el entorno laboral.

En este sentido, el Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto-ley 4/2023 establecen que las empresas deben suspender, adaptar o reorganizar la jornada si no pueden garantizar condiciones seguras durante episodios de calor extremo. Esta circunstancia afecta tanto a aquellos que desempeñan su labor en interiores como en exteriores.

De hecho, el Real Decreto-ley 4/2023 prohíbe expresamente el trabajo al aire libre en las horas más calurosas del día si existe riesgo para la salud y se ha emitido una alerta oficial por parte de la AEMET. Además, esta disposición afecta principalmente a actividades relacionadas con la construcción, agricultura, limpieza viaria o la logística.

Para analizar si los riesgos son elevados o no, las empresas deben analizar una serie de factores como la naturaleza del puesto, la duración y el tipo de tareas. Asimismo, también es importante tener en cuenta el estado de salud de la plantilla, así como la edad, al mismo tiempo que se deben tener claras las soluciones en casos extremos.

Temperatura máxima y posibles sanciones

La ley establece que, en estos casos en los que las temperaturas juegan un papel crucial, hay una serie de límites en los centros de trabajo. De este modo, esta restricción está marcada en un rango de entre entre 14 y 25 grados en actividades industriales y entre 17 y 27 grados en oficinas y despachos. Si se superan estos valores, la empresa debe tomar medidas para proteger a sus empleados del calor.

En caso de que las compañías ignoren este problema, las sanciones pueden alcanzar elevados importes, sobre todo si un miembro de la plantilla padece algún daño a causa de esta circunstancia. Además, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social está facultada para actuar de oficio o si se produce una denuncia, teniendo la potestad de imponer multas y de exigir la adopción inmediata de otras medidas necesarias.

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